REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida sede El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución.
El Vigía, 03 de Marzo de 2023
212º y 163º


Solicitantes: MAYERLYN DEL VALLE VIELMA DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.974.614.

Abogado: SOFIA SANTIAGO OSORIO, titular de la cédula de identidad N° V-15.142.745, Inpreabogado No. 120.357.

Motivo: AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (ESPAÑA)


NARRATIVA

Se recibió solicitud el día veinticinco (25) de Febrero del año Dos mil veintitrés (2023), consignada ante la Unidad de Recepción y Distribución de documentos del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, Sede El Vigía; suscrita por la ciudadana MAYERLYN DEL VALLE VIELMA DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.974.614, con domicilio en la población del 23 de Enero, parroquia Arapuey, jurisdicción del municipio Julio Cesar Salas del Estado Bolivariano de Mérida y pasaporte Nº 170380838, fecha de emisión 23/08/2022 y fecha de vencimiento 22/08/2032, en su condición de progenitora del adolescente (se omite de conformidad al artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes), quien nació en fecha 05/11/2010, de doce (12) años de edad, pasaporte Nº 166670033, fecha de emisión 23/03/2022 y fecha de vencimiento 22/03/2027. Debidamente asistidos por el Abogado SOFIA SANTIAGO OSORIO, titular de la cédula de identidad N° V-15.142.745, Inpreabogado No. 120.357, constante de dos folios útiles y doce como anexos. Se le asignó al Expediente el número de orden, LP51-J-2023-000023; Motivo. Autorización de Viaje al Exterior (ESPAÑA). Se admitió el 30 de Enero de 2023. Fijándose audiencia de Jurisdicción Voluntaria para el día 23/02/2023.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Según lo señalando en el escrito de solicitud que del ciudadano, viajará de Venezuela a Madrid España en fecha 14/03/2023 con la madre, la ciudadana MAYERLYN DEL VALLE VIELMA DIAZ. Teniendo el siguiente itinerario: está previsto viajar al referido destino, el día 14 de Marzo del año 2023, por vía aérea, desde el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar hasta Madrid-España, en la aerolínea IBERIA, vuelo IB6674; luego por vía aérea desde Madrid-España hasta Bilbao, en vuelo IB0426 en aerolínea AirEuropa, y retornará al país el 27/03/2023 por vía aérea desde Madrid España, hasta el aeropuerto internacional Simón Bolívar de Caracas Venezuela, en vuelo UX0071 de la aerolínea AirEuropa.---------------------------------------------------------------------

En la audiencia, celebrada el día 23/02/2023, compareció la solicitante MARYELYN DEL VALLE VIELMA DIAZ, asistida por la abogado SOFIA SANTIAGO; ya identificado. Manifestando la progenitora MARYELYN DEL VALLE VIELMA DIAZ, quien expuso: “Yo voy de vacaciones con mi hijo a España, específicamente a Bilbao, este es un viaje que hemos planificado con mucho tiempo y nos llama la atención algunos lugares de allá. Mi hijo estudia primer pero por motivos del paro de maestros no está asistiendo a clases, por cuanto es un liceo público. Voy a viajar con mi pareja. El padre de mi hijo tiene conocimiento que vamos a viaja y está de acuerdo. el itinerario de viaje es el siguiente: salimos el 14 de marzo de 2023, desde el aeropuerto Internacional Simón Bolívar, ubicado en Maiquetía, estado de la Guaira por vía área con la aerolínea IBERIA, a la ciudad de Madrid España, llegando el 15 de marzo de 2023, a las 8:00am y luego con la misma Aerolínea hacemos trasborde y viajamos a las 11:45 de la mañana hora de España a Bilbao. Retornando el día 27 de marzo de 2023, desde Madrid-España en vuelo directo al aeropuerto Internacional Simón Bolívar, ubicado en Maiquetía, estado de la Guaira”. Seguidamente se realizó vídeo llamada del número +584143791406 al número +584260372791, respondiendo el ciudadano YOSMAR ALEXANDER GONZALEZ SILVA quien se identifico con su cédula de identidad y expuso: “si, si estoy de acuerdo en que mi hijo realice el viaje con su mamá a España”.---------------------------------


PARTE MOTIVA

Consignando como medios de prueba:
1.- Copia Certificada del acta de Nacimiento del adolescente (se omite de conformidad al artículo 65 de la LOPNNA).
2.- Copia fotostática simple de la cédula de identidad de la progenitora MAYERLYN DEL VALLE VIELMA DIAZ y del adolescente (se omite de conformidad al artículo 65 de la LOPNNA).
3.- Copia fotostática simple de la cédula de identidad del padre (se omite de conformidad al artículo 65 de la LOPNNA).
4.- Copia fotostática simple de los boletos aéreos de la progenitora MAYERLYN DEL VALLE VIELMA DIAZ y del adolescente (se omite de conformidad al artículo 65 de la LOPNNA).
5.-Copias fotostáticas simples del pasaporte de la progenitora MAYERLYN DEL VALLE VIELMA DIAZ y del adolescente (se omite de conformidad al artículo 65 de la LOPNNA).
6.- Original de la constancia de residencia de MAYERLYN DEL VALLE VIELMA DIAZ.
7.- Original de la constancia de estudio del adolescente (se omite de conformidad al artículo 65 de la LOPNNA).

PARTE DISPOSITIVA

Del análisis de las pruebas documentales que anteceden y de lo manifestado por la solicitante, los progenitores y el adolescente, es evidente que la madre viajará con su hijo. EN CONSECUENCIA, en aras de garantizarle el derecho al libre y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONCEDE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR, (ESPAÑA), para que el adolescente (se omite de conformidad al artículo 65 de la LOPNNA), quien nació en fecha 05/11/2010, de doce (12) años de edad, pasaporte Nº166670033, fecha de emisión 23/03/2022 y fecha de vencimiento 22/03/2027, viaje junto a su madre, la ciudadana MAYERLYN DEL VALLE VIELMA DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.974.614, pasaporte Nº 170380838, fecha de emisión 23/08/2022 y fecha de vencimiento 22/08/2032. Con el siguiente itinerario de viaje: el día 14 de Marzo del año 2023, por vía aérea, desde el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar hasta Madrid-España, en la aerolínea IBERIA, vuelo IB6674; luego por vía aérea desde Madrid-España hasta Bilbao, en vuelo IB0426 en aerolínea AirEuropa, y retornará al país el 27/03/2023 por vía aérea desde Madrid España, hasta el aeropuerto internacional Simón Bolívar de Caracas Venezuela, en vuelo UX0071 de la aerolínea AirEuropa. Entréguese por Secretaría copia debidamente certificada de la presente decisión a la parte interesada a los fines legales pertinentes. CÚMPLASE.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
CERTIFÍQUESE POR SECRETARIA, LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS DE LA SENTENCIA INSERTA EN EL PRESENTE EXPEDIENTE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 248 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, DEBIÉNDOSE INSERTAR AL PIE DE LA MISMA EL CONTENIDO DEL PRESENTE AUTO. CÚMPLASE.-------------------------------------------------------------------
LA JUEZA PROVISORIO


ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES


LA SECRETARIA TITULAR



ABG. MARIA EUGENIA SULBARAN MORENO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

LA SRIA



LP51-J-2023-000023