REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA.

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, primero (1º) de marzo de dos mil veintitrés (2023).

212º y 164º

Visto el recurso de apelación interpuesto mediante diligencia en fecha seis (06) de febrero de dos mil veintitrés (2023) y ratificado en fecha veintidós (22) de febrero de dos mil veintitrés (2023) por el abogado ANTONIO JOSÉ D´JESÚS MALDONADO, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.450.914, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 1.757, domiciliado en Mérida estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábil, en su carácter de Co-apoderado Judicial de la parte demandada, el ciudadano JESÚS ORLANDO NAVA GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.895.593, domiciliado en Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, en su carácter de propietario de la firma Personal INVERSIONES ORIGINAL WOMAN DE JESÚS ORLANDO NAVA GARCÍA, contra la sentencia definitiva dictada por este Tribunal en fecha quince (15) de febrero de dos mil veintitrés (2023) y por cuanto del cómputo que antecede se evidencia que dicho recurso se propuso dentro del lapso legal, este Tribunal de conformidad con el artículo 867 del Código de Procedimiento Civil, oye dicha Apelación en AMBOS EFECTOS, en tal virtud y por cuanto venció el lapso, remítase el original del presente expediente al JUZGADO (DISTRIBUIDOR) SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, a los fines de su distribución y a quien corresponda conozca de la misma. Désele salida y remítase con oficio.-
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG.ARMANDO JOSÉ PEÑA.

LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. GÉNESIS CAROLINA HERRERA.

En la misma fecha se le da salida al expediente principal, constante de ciento ochenta y ocho (188) folios utilizados, junto con oficio Nº 79.-
Sria.
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARI