REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, veintidós de marzo del año dos mil veintitrés.
212º y 164º
Visto el oficio Nº 067-2023 de fecha 16 de marzo de 2023, inserto al folio 32, remitido por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en respuesta al requerimiento del oficio Nº 0080-2023, de la nomenclatura propia de este Juzgado, de fecha 14 de marzo de 2023, mediante el cual se solicitó información referida al estado en el que se encuentra la causa signada bajo el número No. 28.970 (nomenclatura interna de ese Juzgado). El mencionado Juez hizo constar que en fecha 19 de febrero de 2019, se dictó sentencia definitiva en esa causa, por consiguiente, queda ratificado el auto de fecha 18 de marzo de 2019 en el cual se declaró definitivamente firme el fallo proferido en la presente causa.
En virtud de lo anterior expuesto, considera esta Juzgadora que no tiene materia sobre la cualdecidir en la presente incidenciapor tratarse de una sentencia que ya se encuentra definitivamente firme. En consecuencia, se acuerda remitir el presente expediente al Tribunal de la causa. Désele salida y remítase con oficio.
La Jueza Temporal,
Abg. Francina M. Rodulfo Arria
La Secretaria Temporal,
Abg. Ana Karina Melean B.