REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA





Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, Sede El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
El Vigía, 03 de Mayo de 2023
213º Y 164º

VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos: YIDKA SANTANA CAPETILLO, de nacionalidad cubana, Nº de identidad 77120505575, pasaporte de la Republica de Cuba Nº M051576, transeúnte, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº E-84.590.508, domiciliada en el sector El Llano, carrera 04, Parroquia El Llano, Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida, Teléfono 0414-7003486, correo electrónico santanayid@gmail.com y ANGEL DAVID GUDIÑO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad N° V-11.180.340, domiciliado en el sector El Llano, carrera 04, Parroquia El Llano, Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida, Teléfono 0424-5451930, correo electrónico angel04gudino@gmail.com, pasaporte Nº 162653308, Visa Americana Control Number 20153445820001, debidamente asistidos por el Defensor Publico Provisorio Segundo abogado RIGO ALBERTO RANGEL ESCALANTE, titular de la cédula de identidad Nº V-11.217.355, Inpreabogado Nº 77.644; Quienes establecieron acuerdo, solicitando LA HOMOLOGACION DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAIS, en beneficio del niño (se omitió de conformidad con el art. 65 de LOPNNA), nacido en fecha 20/06/2013, de nueve (09) años de edad, pasaporte Nº 165405265, y la adolescente (se omitió de conformidad con el art. 65 de LOPNNA), cédula de identidad Nº V-33.411.550, nacida en fecha 06/03/2009, de catorce (14) años de edad, pasaporte Nº 165405472; con su padre el ciudadano ANGEL DAVID GUDIÑO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad N° V-11.180.340, domiciliado en el sector El Llano, carrera 04, Parroquia El Llano, Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida, Teléfono 0424-5451930, correo electrónico angel04gudino@gmail.com, pasaporte Nº 162653308, Visa Americana Control Number 20153445820001, con el siguiente itinerario de viaje: fecha de salida el día 26/05/2023 por vía terrestre desde el sector El Llano, Municipio Tovar del estado Mérida, hacia Cúcuta Colombia, el mismo día 26/05/2023 desde el Aeropuerto Internacional Camilo Daza, hasta el Aeropuerto Internacional El Dorado Bogotá Colombia, por vía aérea con la empresa que provee el traslado AVIANCA, numero de vuelo AV9449, Nº de tickets: 202 2475140721, 202 2475140722 y 202 2457140723, y el día siguiente 27/05/2023 desde Aeropuerto Internacional El Dorado Bogotá Colombia, por vía aérea con la empresa que provee el traslado AEROMEXICO, numero de vuelo AM 0709, Nº de tickets: 1392137208602, 1392137208603 y 1392137208604, hasta el Aeropuerto Internacional Benito Juárez Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, y el mismo día 27/05/2023 desde el Aeropuerto Internacional Benito Juárez Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, por vía aérea con la empresa que provee el traslado AEROMEXICO, numero de vuelo AM 2682, Nº de tickets: 1392137208602, 1392137208603 y 1392137208604, hasta el Aeropuerto Dallas/Fort Worth International Airport Estados Unidos de Norteamérica; con fecha de retorno para el día 10/06/2023 desde el Aeropuerto Dallas/Fort Worth International Airport Estados Unidos de Norteamérica, por vía aérea con la empresa que provee el traslado AEROMEXICO, numero de vuelo AM 2689, Nº de tickets: 1392137208602, 1392137208603 y 1392137208604, hasta el Aeropuerto Internacional Benito Juárez Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos; posteriormente el día siguiente 11/06/2023, desde el Aeropuerto Internacional Benito Juárez Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos por vía aérea con la empresa que provee el traslado AEROMEXICO, numero de vuelo AM 0717, Nº de tickets: 1392137208602, 1392137208603 y 1392137208604, hasta el Aeropuerto Internacional El Dorado Bogotá Colombia, por vía aérea con la empresa que provee el traslado AVIANCA, numero de vuelo AV9728, Nº de tickets: 202 2475140721, 202 2475140722 y 202 2457140723, hasta el Aeropuerto Internacional Camilo Daza, Cúcuta Colombia, y desde Cúcuta Colombia por vía terrestre hasta el sector El Llano, Municipio Tovar del Estado Mérida Venezuela. La madre YIDKA SANTANA CAPETILLO, antes identificada da su aprobación para que sus hijos puedan salir del país en compañía de su padre. En aras de garantizarle el derecho al libre tránsito y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia al niño (se omitió de conformidad con el art. 65 de LOPNNA), nacido en fecha 20/06/2013, de nueve (09) años de edad, pasaporte Nº 165405265, y la adolescente (se omitió de conformidad con el art. 65 de LOPNNA), cedula de identidad Nº V-33.411.550, nacida en fecha 06/03/2009, de catorce (14) años de edad, pasaporte Nº 165405472. En consecuencia éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos YIDKA SANTANA CAPETILLO, de nacionalidad cubana, Nº de identidad 77120505575, pasaporte de la República de Cuba Nº M051576, transeúnte, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº E-84.590.508, domiciliada en el sector El Llano, carrera 04, Parroquia El Llano, Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida, Teléfono 0414-7003486, correo electrónico santanayid@gmail.com y ANGEL DAVID GUDIÑO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad N° V-11.180.340, domiciliado en el sector El Llano, carrera 04, Parroquia El Llano, Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida, Teléfono 0424-5451930, correo electrónico angel04gudino@gmail.com, pasaporte Nº 162653308, Visa Americana Control Number 20153445820001; Se encuentra PLENAMENTE AUTORIZADO para viajar fuera del país con sus hijos, antes identificados, en virtud de la aprobación de su progenitora YIDKA SANTANA CAPETILLO, de nacionalidad cubana, Nº de identidad 77120505575, pasaporte de la República de Cuba Nº M051576, transeúnte, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº E-84.590.508, domiciliada en el sector El Llano, carrera 04, Parroquia El Llano, Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida, Teléfono 0414-7003486, correo electrónico santanayid@gmail.com. Se homologan de igual forma las instituciones familiares señaladas en el escrito de solicitud, de conformidad con lo establecido en los artículos 349, 358, 359, 365, 385 y 386, de la Ley para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Certificada como queda la presente sentencia, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, ordenándose publicar, registrar, y asentar en el índice del copiador de sentencias los datos del presente fallo. ASÍ SE DECIDE.--------------------------------------------------------------------
CÓPIESE Y PUBLÍQUESE, DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA. En la ciudad de El Vigía, a los tres (03) días del mes de Mayo dos mil veintitrés (2023) Años 213º de la Independencia y 164º de la Federación.---------------------------------------------------------
LA JUEZ PROVISORIO



ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES


LA SECRETARIA TITULAR



ABG. MARIA EUGENIA SULBARAN MORENO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

LA SRIA

Exp. LP51-H-2023-000049
-/CMAG.