REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SANTA CRUZ DE MORA, DIEZ DE MAYO DE DOS MIL VEINTITRES (10-05-2023).-

213° y 164°

Visto el escrito de Solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, asignado por distribución N° 1640, bajo oficio N° 2023-61 de fecha 02-05-2023 procedente del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas (Distribuidor) de esta misma Jurisdicción y recibido en fecha 09-05-2023, presentado por el ciudadano: MANUEL AMABLE CEBALLOS ESCALANTE, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 14.936.021, asistido por la Abogada NATALIA MARINA SALCEDO PAPARONI, titular de la cédula de identidad N° V-15.024.728, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 110.038, jurídicamente hábil, donde solicitó que se le declare como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a la ciudadana DEOMIRA ESCALANTE DE CEBALLOS, titular de la cedula de identidad Nº V- 2.288.397 esposa del causante y la hija MARIA ALEJANDRA CEBALLOS ESCALANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.131.623, del ciudadano quien en vida respondía al nombre de MANUEL MARIA CEBALLOS MORA, titular de la cedula de identidad N° V-2.279.886, quien falleció el día 15 de Abril de 2023, tal como se evidencia en el Acta de Defunción Nº 594 de fecha 15-04-2023 expedida por el Registro Civil del Municipio Libertador, Parroquia Domingo Peña del estado Bolivariano de Mérida. Désele entrada, fórmese expediente y háganse las anotaciones de Ley. En consecuencia este Tribunal ADMITE en cuanto ha lugar en derecho por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley En consecuencia este Juzgado fija el TERCER DÍA DE DESPACHO siguiente al de hoy, a fin de oír declaración de los testigos sobre los particulares señalados en el escrito de Solicitud, a partir de las diez y treinta (10:30) de la mañana. La Parte Promovente quedará encargada de presentar a los testigos en la oportunidad Legal.
JUEZ SUPLENTE


ABG. MILAGROS URBINA RANGEL
SECRETARIA SUPLENTE


NANCY C. MENDEZ FERRIRA

En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 15-2023 del Libro de Solicitudes llevado por este Juzgado.-

SECRETARIA SUPLENTE