REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SANTA CRUZ DE MORA, DIEZ DE MAYO DE DOS MIL VEINTITRES (10-05-2023).-


213° Y 164°

Visto el anterior escrito y sus recaudos anexos presentado por la ciudadana YASMIN SOBEIDA GUZMAN GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº.V-10.715.179 y hábil, domiciliada en el Sector Los Azules Calle Carmona casa Nº 3, Parroquia Lagunillas, Municipio Sucre del estado Bolivariano de Mérida, debidamente asistida por la Abogada MARTA ROSA MÉNDEZ VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.534.212, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 272.321, domiciliada en: Llano Seco 1era Calle casa Nº 11.722, Parroquia Lagunillas, Municipio Sucre del estado Bolivariano de Mérida, donde solicita que se le declare como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a la solicitante, ciudadana YASMIN SOBEIDA GUZMAN GUTIERREZ conyugue del causante OLIVO RAFAEL RIVAS, quien era venezolano, mayor de edad, vigilante, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.098.952, quien falleció el día 19 de Septiembre de 2022, tal como se evidencia en el Acta de Defunción Nº 762 de fecha 20-09-2022 expedida por el Registro Civil del Municipio Libertador, Parroquia Domingo Peña del estado Bolivariano de Mérida. En consecuencia este Tribunal ADMITE en cuanto ha lugar en derecho por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia este Juzgado fija el TERCER DÍA DE DESPACHO siguiente al de hoy, a fin de oír declaración de los testigos sobre los particulares señalados en el escrito de Solicitud, a partir de las nueve de la mañana (09:00). La Parte Promovente quedará encargada de presentar a los testigos en la oportunidad Legal.
JUEZ SUPLENTE

ABG. MILAGROS URBINA RANGEL


SECRETARIA SUPLENTE

ABG. NANCY C. MENDEZ FERRIRA