SOLICITUD N° 622-23
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora, Caracciolo Parra Y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida. El Vigía , doce (12) de mayo de año 2023.
213º y 164º
DEMANDATE: Abg. ELIO RAFAEL LOPEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº 10.235.419, inscrito en el Inpreabogado bajo Nº 62.869,domiciliado en el Vigía Municipio Alberto Adriani de estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil. Actuando en representación de la ciudadana. KATTY YOLEIDA PEREZ MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 16.670.220, domiciliada en Nº 11117, de la Ciudad de Houston, condado de Western Estado de Texas de los Estados Unidos de América, y civilmente hábiles. Representación que consta según en poder especial autenticado por ante la Notaria Pública de el Vigía estado Mérida, inscrito en fecha 16 de Febrero de 2023 autenticado bajo el Nº 33, Tomo 4, folios 106 al 108 de los libros de autenticación llevados por esta Notaria Publica sustituido por la ciudadana Carmen Yoleida Méndez Mendoza. Venezolana mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº 9.393.828, y civilmente hábil.
DEMANDADO: OSCAR FERNANDO LOPEZ BARRIOS, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° CC 91540456, domiciliado en la calle 147, numero 22-63 casa Nº 27, de la ciudad de Bucaramanga Departamento Norte de la República de Colombia, y civilmente hábil.
MOTIVO: DIVORCIO
PARTE NARRATIVA
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones, por medio del cual el ciudadano: Abg. ELIO RAFAEL LOPEZ, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº 10.235.419, inscrito en el Inpreabogado bajo Nº 62.869,domiciliado en el Vigía Municipio Alberto Adriani de estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil. Actuando en representación de la ciudadana. KATTY YOLEIDA PEREZ MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 16.670.220, domiciliada en Nº 11117, de la Ciudad de Houston, condado de Western Estado de Texas de los Estados Unidos de América, y civilmente hábiles. Representación que consta según en poder especial autenticado por ante la Notaria Pública de el Vigía estado Mérida, y civilmente hábiles. Solicita DIVORCIO.
En fecha ocho (08) de marzo de 2023, el Tribunal recibe previa distribución el escrito de solicitud de Divorcio conforme a la Sentencia Nº 446, de fecha 15 de mayo de 2014, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, suscrito por el Abg. ELIO RAFAEL LOPEZ, Actuando en nombre y representación de la ciudadana. KATTY YOLEIDA PEREZ MENDEZ, ya identificados en autos.
En fecha trece (13) de marzo de 2023, se le dio entrada a la solicitud, por ser este Tribunal competente por el territorio y la materia, y en virtud de que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a disposición legal expresa, se exhortó al Abg. ELIO RAFAEL LOPÉZ, ya identificado a que consigne Poder Original y copia que le otorga la ciudadana KATTY YOLEIDA PEREZ MENDEZ, a la ciudadana CARMEN YOLEIDA PEREZ MENDOZA ya identificada por ante este tribunal dentro de los CINCO (05) DIAS DE DESPACHO) siguientes.
En fecha quince (15) de marzo de 2023, el Abg. ELIO RAFAEL LOPEZ, apoderado judicial de la ciudadana KATTY YOLEIDA PEREZ MENDEZ, cumplió con lo ordenado en auto de fecha trece (13) de marzo 2023, que corre inserto al folio 12.
En fecha dieciséis (16) de marzo de 2023, se admitió la presente solicitud, por ser este Tribunal competente por el territorio y la materia, y en virtud de que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a disposición legal expresa, este Tribunal fijo para el cuarto día de despacho siguiente a una Audiencia Telemática a las 10:00 am una vez conste la citación vía correo electrónico, se libró boleta de citación y notificación a la FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO CON COMPETENCIA EN PROTECCION AL NIÑO, AL ADOLESCENTE Y LA FAMILIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA.
En fecha dieciséis (16) de marzo de 2023, la Alguacil del Despacho dejó constancia que recibió los emolumentos necesarios para la reproducción fotostática del libelo y auto de admisión para la respectiva boleta de citación y notificación.
En fecha (17) de marzo de 2023, la Alguacil dejo constancia que se envió boleta de citación vía correo electrónico del Tribunal al ciudadano OSCAR FERNANDO LOPEZ BARRIOS.
En fecha (24) de marzo de 2023, la Alguacil devolvió boleta de citación debidamente firmada por el ciudadano OSCAR FERNANDO LOPEZ BARRIOS.
En fecha treinta (30) de marzo de 2023, se declaró desierto el acto fijado para este día a la diez de la mañana (10:00am)
En fecha tres (03) de abril de 2023, se recibió diligencia del Abg. Elio Rafael López, Apoderado Judicial de la ciudadana KATTY PEREZ, solicitando se fije nueva fecha y hora para la Audiencia Telemática.
En fecha once (11) de abril de 2023, mediante auto se fijó para cuarto día de Despacho siguiente a este a las diez de la mañana (10:00 am) para la celebración de la Audiencia Telemática.
En fecha diecisiete (17) de abril de 2023, se difiere la Audiencia Telemática para el tercer día de Despacho siguiente a este a las diez de la mañana (10:00am), por cuanto no se contaba con fluido eléctrico.
En fecha veintiuno (21) de abril de 2023, el ciudadano OSCAR FERNANDO LOPEZ BARRIOS, ratifico en todas y cada una de sus partes el escrito de solicitud de divorcio conforme a la Sentencia Nº 446, de fecha 15 de mayo de 2014, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Telemática del Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial.
En fecha veinticinco (25) de abril de 2023, la Alguacil devolvió boleta de notificación debidamente firmada por la Fiscal para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente Civil e Instituciones Familiares del Ministerio Público del Estado Bolivariano de Mérida.
A efectos de decidir el Tribunal observa:
PARTE MOTIVA
Consta en autos: PRIMERO: Copia certificada del acta de matrimonio de los ciudadanos: KATTY YOLEIDA PEREZ MENDEZ y OSCAR FERNANDO LOPEZ BARRIOS, ambos plenamente identificados en autos, celebrado por ante el Registro Civil de la Parroquia Carlos Quevedo, del Municipio Francisco Javier Pulgar del estado Zulia, de fecha dieciséis (16) de diciembre de 2019, según acta N°17. SEGUNDO: Copias fotostáticas de las Cédulas de Identidad de los cónyuges. TERCERO: En la presente solicitud la ciudadana KATTY YOLEIDA PEREZ MENDEZ, manifiesta haber permanecido separada desde junio del año 2020, ocurriendo entre ellos la separación y la ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en la Sentencia 446, de fecha 15 de mayo de 2014 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Durante la unión conyugal no procrearon hijos, no adquirieron bienes de fortuna. CUARTO: No habiendo hecho objeción alguna a la misma la Fiscalía del Ministerio Público del estado Bolivariano de Mérida, y establecido como ha quedado que es voluntad de los cónyuges el separarse, este Tribunal pasa a dictar sentencia en la presente causa.
PARTE DISPOSITIVA
En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA CON SEDE EL VIGIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: CON LUGAR la solicitud formulada de conformidad con lo establecido en la Sentencia 446, de fecha 15 de mayo de 2014 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos KATTY YOLEIDA PEREZ MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.670.220 y OSCAR FERNANDO LOPEZ BARRIOS, de nacionalidad colombiana , mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° CC 91540456 , respectivamente.
PUBLIQUESE, COPIESE Y REGISTRESE.
DADO, FIRMADO Y SELLADO EN LA SALA DE DESPACHO DEL TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, en El Vigía a los doce (12) días del mes de mayo de 2023.-
Abg. JOSE VALDEMAR MOLINA MANURE
JUEZ
Abg. MARIA ALEJANDRA PEREZ ANGULO
SECRETARIA
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia previa el pregón de ley, siendo las diez de la mañana.
Abg. MARIA ALEJANDRA PEREZ ANGULO
SECRETARIA
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