REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA





Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, Sede El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
El Vigía, 01 de Noviembre de 2023
213º y 164º

VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos: DANIEL ALEJANDRO LACRUZ ZERPA venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula identidad N°V-26.219.198 domiciliado en la aldea Saiyal alto, Municipio Andes Bello, La Azulita, del Estado Bolivariano de Mérida; teléfono 0424-7339985, y VERONICA MAYDARLY ROJAS UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 22.989.071, Pasaporte Nº 181912893 domiciliada en la aldea Saiyal alto, Municipio Andes Bello, La Azulita, del Estado Bolivariano de Mérida; teléfono 0416-7766250,; debidamente asistidos por la abogado ELIZABETH COROMOTO VELASQUEZ PEÑA; Defensora Publica Primera Auxiliar; Quienes conciliaron en Reglamentar LA HOMOLOGACION DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (ESPAÑA), en beneficio del niño (se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), pasaporte 181900267, nacido en fecha 03/03/2022, de un (01) año de edad; quien viajara con su progenitora la ciudadana VERONICA MAYDARLY ROJAS UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 22.989.071, Pasaporte Nº 181912893. Con el siguiente itinerario de viaje: Salen el 15/11/2023 vía terrestre desde la ciudad La azulita, Municipio Andrés Bello del Estado Bolivariano de Mérida con destino a Caracas donde pernoctaran en casa de un familiar. Posteriormente el día Domingo 19/11/2023 saldrán desde el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar, Maiquetía-La Guaira en el vuelo CM 0225 a las 16:05 hrs Aerolínea Copa Airlines con destino a Ciudad de Panamá a las 17: 33 hrs. Seguidamente desde Ciudad de Panamá a las 21:30 hrs en el vuelo UX 0056 con la misma aerolínea Copa Airlines con destino al Aeropuerto de Madrid España a las 13:05 hrs. El retorno será el día 30/11/2023 desde el Aeropuerto Internacional de Adolfo Suarez Madrid España a las 17:50 hrs en el vuelo TK1860 con la Aerolínea TURKISH AIRLINES con destino al Aeropuerto de Estambul a las 00:05 hrs. Seguidamente desde el Aeropuerto de Estambul a las 02:00 hrs en el vuelo TK223 con destino al Aeropuerto Internacional Simón Bolívar a las 08:05 hrs con la misma Aerolínea. El progenitor DANIEL ALEJANDRO LACRUZ ZERPA, antes identificado da su aprobación para que sus hijos puedan viajar fuera del país en compañía de su progenitora la ciudadana VERONICA MAYDARLY ROJAS UZCATEGUI, antes identificada. Todo esto conforme en aras de garantizarle el derecho al libre tránsito y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia al niño (se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), pasaporte 181900267, nacido en fecha 03/03/2022, de un (01) año de edad. En consecuencia éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos DANIEL ALEJANDRO LACRUZ ZERPA y VERONICA MAYDARLY ROJAS UZCATEGUI, antes identificados; y en consecuencia, en aras de garantizarle el derecho al libre y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La ciudadana VERONICA MAYDARLY ROJAS UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 22.989.071, Pasaporte Nº 181912893 queda PLENAMENTE AUTORIZADA para viajar fuera del país, específicamente a ESPAÑA con su hijo el niño (se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), pasaporte 181900267, nacido en fecha 03/03/2022, de un (01) año de edad, en virtud de la aprobación de su progenitor ciudadano DANIEL ALEJANDRO LACRUZ ZERPA venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula identidad N°V-26.219.198 domiciliado en la aldea Saiyal alto, Municipio Andes Bello, La Azulita, del Estado Bolivariano de Mérida; teléfono 0424-7339985. Certificada como queda la presente sentencia, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, ordenándose publicar, registrar, y asentar en el índice del copiador de sentencias los datos del presente fallo. ASÍ SE DECIDE.------------
CÓPIESE Y PUBLÍQUESE, DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA. En la ciudad de El Vigía, al primer (01) días del mes de Noviembre dos mil veintitrés (2023) Años 213º de la Independencia y 164º de la Federación.----------------------------------------------------------------
LA JUEZ PROVISORIO



ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES
LA SECRETARIA TITULAR

ABG. ESTEFANY DANIELA NARANJO NÙÑEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

LA SRIA

Exp. LP51-H-2023-000183
AMMJ/RAMQ.-