REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA





Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, Sede El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
El Vigía, 20 de Octubre de 2023
213º y 164º

VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos: ROREINMY DEL VALLE MONTILVA PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula identidad N° V-24.853.199, pasaporte Nº 166034635, domiciliada en la Providencia, calle principal, casa No 035, parroquia Mesa Bolívar, Estado Bolivariano de Mérida, teléfono 0424-7020340 y JORGE ALEJANDRO RUMBOS VALE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-24.341.315, domiciliado en Valera, avenida principal, casa sin número, sector El Cucharito, estado Trujillo, teléfono 0414-6239750, correo electrónico jalejandrorv08@gmail.com; debidamente asistidos por la Abogada EDDY ROSMIRA NUÑEZ GOMEZ, defensora Publica Provisoria Tercera, titular de la cédula de identidad Nº V-14.281.018 e Inpreabogado Nº 159.448; Quienes conciliaron en Reglamentar HOMOLOGACION AUTORIZACION JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR en beneficio del Niño (se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), pasaporte Nº 166034622, nacido en fecha 25/06/2018, de cinco (05) años de edad, quien viajara con su progenitora la ciudadana ROREINMY DEL VALLE MONTILVA PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula identidad N° V-24.853.199, pasaporte Nº 166034635, con el siguiente itinerario de viaje: Saliendo el día 23/10/2023 vía terrestre desde de la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida hacia Valera estado Trujillo, posteriormente el día 28/10/2023 vía terrestre desde Valera hasta Caracas, Distrito Capital, para luego viajar vía aérea con la aerolínea TAP PORTUGAL, desde Maiquetía, estado La Guaira hasta Madrid España, con escala en Lisboa Portugal con el vuelo Nº TP172; luego el día 29/10/2023 desde Lisboa Portugal hasta Madrid Barajas España, con la aerolínea TAP PORTUGAL, numero de vuelo TP1020. Retornando el día 05/11/2023 desde Madrid Barajas España, hasta el aeropuerto de Lisboa Portugal, con la aerolínea TAP PORTUGAL, numero de vuelo TP1019, para luego el día 06/11/2023 desde el aeropuerto de Lisboa Portugal con destino a Maiquetía, estado La Guaira, República Bolivariana de Venezuela, con la aerolínea TAP PORTUGAL, numero de vuelo TP171, pernotando esa noche, para retornar el día 07/11/2023 vía terrestre hacia la población de Mesa Bolívar, estado Mérida. El progenitor JORGE ALEJANDRO RUMBOS VALE, antes identificado da su aprobación para que su hijo pueda viajar fuera del país en compañía de su progenitora la ciudadana ROREINMY DEL VALLE MONTILVA PARRA, antes identificada. Todo esto conforme en aras de garantizarle el derecho al libre tránsito y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia al Niño (se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA) , pasaporte Nº 166034622, nacido en fecha 25/06/2018, de cinco (05) años de edad. En consecuencia éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos ROREINMY DEL VALLE MONTILVA PARRA y JORGE ALEJANDRO RUMBOS VALE, antes identificados; y en consecuencia, en aras de garantizarle el derecho al libre y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La ciudadana ROREINMY DEL VALLE MONTILVA PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula identidad N° V-24.853.199, pasaporte Nº 166034635; queda PLENAMENTE AUTORIZADA para viajar fuera del país, específicamente a MADRID ESPAÑA con su hijo el Niño (se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA) , pasaporte Nº 166034622, nacido en fecha 25/06/2018, de cinco (05) años de edad, en virtud de la aprobación de su progenitor ciudadano JORGE ALEJANDRO RUMBOS VALE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-24.341.315. Certificada como queda la presente sentencia, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, ordenándose publicar, registrar, y asentar en el índice del copiador de sentencias los datos del presente fallo. ASÍ SE DECIDE.---------------------------------------------------------
CÓPIESE Y PUBLÍQUESE, DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA. En la ciudad de El Vigía, a los veinte (20) días del mes de Octubre dos mil veintitrés (2023) Años 213º de la Independencia y 164º de la Federación.---------------------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZ PROVISORIO


ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES
LA SECRETARIA TITULAR


ABG. MARIA EUGENIA SULBARAN MORENO

LA SRIA

LP51-H-2023-000160
CMAG/-Cynthia.