REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA





Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, Sede El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
El Vigía, 20 de Octubre de 2023
213º y 164º

VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos: suscrito por los ciudadanos, DANY JESUS MARTINEZ MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.901.973, domiciliado en el Barrio san Isidro, avenida 19 entre calles 9 y 10, casa Nº 9-50 Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida; teléfono 0424-7497860, correo electrónico danyj160414@gmail.com, y YOLIMAR GOMEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 19.319.960, domiciliada en las playitas centro, carretera Trasandina, casa S/N, diagonal a la escuela las Playitas, Bailadores del Estado Bolivariano de Mérida; teléfono 0424-7149134, correo electrónico yolimargomezsanchez@gmail.com; debidamente asistidos las abogados MARY ROSA ZAMBRANO MORALES y ELIZABETH COROMOTO VELASQUEZ PEÑA; Defensoras Publicas Primera Provisorio y Auxiliar; Quienes conciliaron en Reglamentar LA HOMOLOGACION DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (ESPAÑA), en beneficio de la adolescente, (se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), titular de la cédula de identidad Nº V- 32.214.072, nacida en fecha 24/08/2007, pasaporte Nº 181269430 de dieciséis (16) años de edad; quien viajara con su progenitora la ciudadana YOLIMAR GOMEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 19.319.960, Pasaporte Nº 181269524. Con el siguiente itinerario de viaje: Salen el 26/11/2023 vía terrestre desde la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida con destino a la ciudad de Caracas-Venezuela, donde pernoctaran hasta el día 28/11/2023. Posteriormente el día 28/11/2023, salen desde el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar, Estado la Guaira, con la aerolínea Turkish Airlines en el vuelo TK224 a las 11:50 hrs con destino al Aeropuerto de Estambul a las 6:20 hrs del día 29/11/2023. Luego del Aeropuerto de Estambul a las 13:50 hrs en el vuelo TK1305 con destino a Málaga Aeropuerto de Málaga, Costa del Sol España a las 16:30 hrs del mismo día 29/11/2023. El retorno será el día 08/12/2023 Aeropuerto de Málaga, Costa del Sol España a las 17:30 hrs con la aerolínea Turkish Airlines, en el vuelo TK1306 con destino al Aeropuerto de Estambul hora de llegada a las 23:55 hrs. Posteriormente el día 09/12/2023 desde el Aeropuerto de Estambul a las 02:10 hrs en el vuelo TK183 con destino al Aeropuerto Internacional Simón Bolívar, Estado la Guaira, llegada a las 12:40 hrs con la aerolínea Turkish Airlines. El progenitor DANY JESUS MARTINEZ MORALES, antes identificado da su aprobación para que su hija pueda viajar fuera del país en compañía de su progenitora la ciudadana YOLIMAR GOMEZ SANCHEZ, antes identificada. Todo esto conforme en aras de garantizarle el derecho al libre tránsito y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a la adolescente, (se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), titular de la cédula de identidad Nº V- 32.214.072, nacida en fecha 24/08/2007, pasaporte Nº 181269430 de dieciséis (16) años de edad. En consecuencia éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos DANY JESUS MARTINEZ MORALES y YOLIMAR GOMEZ SANCHEZ, antes identificados; y en consecuencia, en aras de garantizarle el derecho al libre y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La ciudadana YOLIMAR GOMEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 19.319.960, Pasaporte Nº 181269524, queda PLENAMENTE AUTORIZADA para viajar fuera del país, específicamente a ESPAÑA con su hijo la adolescente, (se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), titular de la cédula de identidad Nº V- 32.214.072, nacida en fecha 24/08/2007, pasaporte Nº 181269430 de dieciséis (16) años de edad, en virtud de la aprobación de su progenitor ciudadano DANY JESUS MARTINEZ MORALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.901.973, domiciliado en el Barrio san Isidro, avenida 19 entre calles 9 y 10, casa Nº 9-50 Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida; teléfono 0424-7497860, correo electrónico danyj160414@gmail.com. . Una vez que retorne a este País, deberá asistir a esta sede Judicial, el día MARTES, DOCE (12) DE DICIEMBRE DE 2023.---------------------------
Certificada como queda la presente sentencia, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, ordenándose publicar, registrar, y asentar en el índice del copiador de sentencias los datos del presente fallo. ASÍ SE DECIDE.---------------------
CÓPIESE Y PUBLÍQUESE, DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA. En la ciudad de El Vigía, a los veinte (20) días del mes de Octubre dos mil veintitrés (2023) Años 213º de la Independencia y 164º de la Federación.----------------------------------------------------------------
LA JUEZ PROVISORIO



ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES
LA SECRETARIA TITULAR

ABG. ESTEFANY DANIELA NARANJO NÙÑEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.

LA SRIA

Exp. LP51-H-2023-000164
AMMJ/RAMQ.-