REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, Sede El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución
El Vigía, 20 de Octubre de 2023
213º y 164º
VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos: SERGIO ESTEBAN FIGUEIRA CAMACHO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula identidad N°V-10.103.830 domiciliado en el Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida; teléfono 0414-7563158, correo electrónico Sergio.e.figueira@gmail.com y SUBEY CAROLINA FONSECA DE FIGUEIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 12.799.345, Pasaporte Portugués Nº CD822698, domiciliada en el Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida; teléfono 0424-7732404, correo electrónico subeycarolina@gmail.com; debidamente asistidos por la Abogada ROCIO MARIA ANTONIA PEREZ QUIÑONEZ , titular de la cédula de identidad Nº 10.108.367 e Inpreabogado Nª 52.569; Quienes conciliaron en Reglamentar LA HOMOLOGACION DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (ESTADOS UNIDOS), en beneficio del Adolescente, SE OMITE NOMBRE, de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA; quien viajara con su progenitora la ciudadana SUBEY CAROLINA FONSECA DE FIGUEIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 12.799.345, Pasaporte Portugués Nº CD822698. Con el siguiente itinerario de viaje: Salen el día 15/11/2023, vía terrestre desde la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida con destino a Cúcuta en la República de Colombia. Posteriormente el día 17/11/2023, salen desde el Aeropuerto Camilo Daza en Cúcuta a las 3:38 pm en el vuelo CM491 de la Aerolínea Copa Airlines con destino a Ciudad de Panamá llegada las 5:08 pm. Seguidamente el día 17/11/2023 a las 6:29 pm en el vuelo CM434 con destino a Orlando Florida en los Estados Unidos, llegada a las 10:09 pm con la misma aerolínea Copa Airlines. El retorno será el día 20/01/2024 a las 6:54 am desde el Aeropuerto de Orlando con destino a Ciudad de Panamá, hora de llegada 10:26 am con la Aerolínea Copa Airlines en el vuelo CM435. Posteriormente de Ciudad de Panamá con destino a Cucuta Republica de Colombia, en el vuelo CM490 con la Aerolínea Copa Airlines. El progenitor SERGIO ESTEBAN FIGUEIRA CAMACHO, antes identificado da su aprobación para que su hijo pueda viajar fuera del país en compañía de su progenitora la ciudadana SUBEY CAROLINA FONSECA DE FIGUEIRA, antes identificada. Todo esto conforme en aras de garantizarle el derecho al libre tránsito y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia al Adolescente, SE OMITE NOMBRE, de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA. En consecuencia éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos SERGIO ESTEBAN FIGUEIRA CAMACHO, y SUBEY CAROLINA FONSECA DE FIGUEIRA, antes identificados; y en consecuencia, en aras de garantizarle el derecho al libre y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La ciudadana SUBEY CAROLINA FONSECA DE FIGUEIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 12.799.345, Pasaporte Portugués Nº CD822698, queda PLENAMENTE AUTORIZADA para viajar fuera del país, específicamente a ESTADS UNIDOS con su hijo el adolescente, SE OMITE NOMBRE, de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, en virtud de la aprobación de su progenitor ciudadano SERGIO ESTEBAN FIGUEIRA CAMACHO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula identidad N°V-10.103.830. Una vez que retorne a este País, deberá asistir a esta sede Judicial, el día JUEVES, VEINTICINCO (25) DE ENERO DE 2023.------------
Certificada como queda la presente sentencia, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, ordenándose publicar, registrar, y asentar en el índice del copiador de sentencias los datos del presente fallo. ASÍ SE DECIDE.---------------------
CÓPIESE Y PUBLÍQUESE, DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA. En la ciudad de El Vigía, a los veinte (20) días del mes de Octubre dos mil veintitrés (2023) Años 213º de la Independencia y 164º de la Federación.----------------------------------------------------------------
LA JUEZ PROVISORIO
ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. ESTEFANY DANIELA NARANJO NÙÑEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
LA SRIA
Exp. LP51-H-2023-000169
AMMJ/RAMQ.-
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