REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida sede El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución.
El Vigía, 30 de Octubre de 2023
213º y 164º
Solicitante: ZYHMAR MARGARITA MONTERO SOLER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-28.291.178, pasaporte Nº 180898536.
Abogado: EDDY ROSMIRA NUÑEZ GOMEZ, Defensora Publica Provisoria Tercera, titular de la cedula de identidad Nº V-14.281.018, inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº 159.448.
Motivo: AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (PORTUGAL).
NARRATIVA
Se recibió solicitud el día veinte (10) de octubre del año Dos mil veintitrés (2023), consignada ante la Unidad de Recepción y Distribución de documentos del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, sede El Vigía; suscrita por la ciudadana ZYHMAR MARGARITA MONTERO SOLER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-28.291.178, pasaporte Nº 180898536, domiciliada en el Sector Lucha Bolivariana, calle 1, manzana No 12, casa S/N, El Vigía, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida, teléfono 0414-0821504, en su carácter de progenitora del niño (se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), pasaporte Nº 180898293, nacido en fecha 21/01/2021, de dos (02) años de edad; debidamente asistida por la Abogado EDDY ROSMIRA NUÑEZ GOMEZ, Defensora Publica Provisoria Tercera, titular de la cedula de identidad Nº V-14.281.018, inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº 159.448. Se le asigno al Expediente el número de orden, LP51-J-2023-000374; Motivo. Autorización Judicial para Viajar al Exterior. (PORTUGAL). Se admitió el día 20/10/2023 y se ordeno librar Boleta de notificación a la fiscal y al ciudadano JESUS MIGUEL OLIVARES CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-28.392.910. En fecha 24/10/2023 se certifica la boleta y se fija audiencia de Jurisdicción Voluntaria para el día 27/10/2023 a las 09:00 am.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Siendo el día y la hora pautada para llevarse a cabo la audiencia de Jurisdicción Voluntaria, Se deja constancia que se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia la ciudadana ZYHMAR MARGARITA MONTERO SOLER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-28.921.178. En su condición de madre del niño (se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), nacido en fecha 21/01/2021, de dos (02) años de edad. Debidamente asistida por la Defensora Público abogada EDDY NUÑEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-14.281.018, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 159.448. Junto a los ciudadanos: NURELYS MARINA CONTRERAS BARON y LIDYS DANIELA DAVILA BARON, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.963.821 y V-14.936.807, respectivamente, como testigos. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana ZYHMAR MARGARITA MONTERO SOLER quien expone lo siguiente: “nosotros tenemos planeado viajar para Portugal con mi hijo (se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), a reunirnos con mi esposo y padre de mi hijo. El tiene la residencia legal en ese país. El itinerario de viaje es el siguiente; “salimos desde la ciudad de El Vigía el día 02-11-2023, por vía aérea con la aerolínea ESTELAR desde el aeropuerto internacional Juan Pablo Pérez Alfonso, llegando al aeropuerto nacional Simón Bolívar Ubicado en Maiquetía, estado de La Guaira; y ese mismo día en horas de la noche saldremos desde aeropuerto Internacional Simón Bolívar, con la aerolínea ISSUING AIRLINE, vuelo N° VRYV88, llegando al aeropuerto de Lisboa Portugal”. Seguidamente se procedió a juramentar a las testigos promovidas ciudadanas NURELYS MARINA ONTRERAS BARON y LIDYS DANIELA DAVILA BARON, antes identificadas, en su condición de testigos. Una vez juramentadas, se procedió a realizarse la video llamada al padre ciudadano JESUS MIGUEL OLIVARES CONTRERAS, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-28.392.910, desde el número +584143751958 al número +351912793787, respondiendo, quien es reconocido por las testigos presentes, indicando que es su hijo padre de su nieto (se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA)y primo hermano de la segunda testigo. Atendiendo el ciudadano, quien se identifico como JESUS MIGUEL OLIVARES CONTRERAS, el cual expuso lo siguiente: “si autorizo el viaje, mi hijo viaja junto a su madre a Lisboa Portugal, yo los voy a recibir”. ----------------------------------------
MEDIOS DE PRUEBA
Consignando como medios de prueba:
1.- Copia Certificada del acta de nacimiento del niño.
2.- Copia fotostática simple del pasaporte del niño.
3.- Copia fotostática simple de la cédula del progenitor.
4.- Copia fotostática simple de la cédula de la progenitora.
5. Copia fotostática simple del pasaporte de la progenitora.
6.- Copia fotostática simple de las cédulas de los testigos promovidos.
7.- Itinerario de Viaje.
8.- Contrato de trabajo del progenitor.
9.- Constancia de residencia del progenitor.
PARTE DISPOSITIVA
Del análisis de las pruebas documentales que anteceden y de lo manifestado por la solicitante, y el progenitor a través de video llamada, se evidencia que la solicitud reúne los requisitos de Ley, pues con la misma se les están protegiendo los derechos y garantías establecidos tanto en nuestra Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes como lo establecido en la Convención del Niño. EN CONSECUENCIA, en aras de garantizarle los derechos antes señalados y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
SE LE CONCEDE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR, (PORTUGAL), al niño (se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), pasaporte Nº 180898293, nacido en fecha 21/01/2021, de dos (02) años de edad, en compañía de su progenitora la ciudadana ZYHMAR MARGARITA MONTERO SOLER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-28.291.178, pasaporte Nº 180898536. Siendo el itinerario de viaje el siguiente: saliendo desde la ciudad de El Vigía el día 02/11/2023, por vía aérea con la aerolínea ESTELAR desde el aeropuerto internacional Juan Pablo Pérez Alfonso, llegando al aeropuerto nacional Simón Bolívar Ubicado en Maiquetía, estado de La Guaira; y ese mismo día en horas de la noche saldrán desde aeropuerto Internacional Simón Bolívar, con la aerolínea ISSUING AIRLINE, vuelo N° VRYV88, llegando al aeropuerto de Lisboa Portugal.----------------------
Entréguese por Secretaría copia debidamente certificada de la presente decisión a la parte interesada a los fines legales pertinentes. CÚMPLASE.---------------------------------
CERTIFÍQUESE POR SECRETARIA, LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS DE LA SENTENCIA INSERTA EN EL PRESENTE EXPEDIENTE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 248 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, DEBIÉNDOSE INSERTAR AL PIE DE LA MISMA EL CONTENIDO DEL PRESENTE AUTO. CUMPLASE.------------------------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA PROVISORIO
ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. MARIA EUGENIA SULBARAN MORENO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
LA SRIA
Exp LP51-J-2023-000374
CMAG/-Cynthia
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