REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida sede El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución.
El Vigía, 14 de Septiembre de 2023
213º y 164º
Solicitante: YENI CAROLINA GELVIS RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.038.051, pasaporte N° 179959716.
Abogado: RIGO ALBERTO RAGEL ESCALANTE; Defensor Público Provisorio Segundo.
Motivo: AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (ESPAÑA).
NARRATIVA
Se recibió solicitud el día once (11) de Agosto del año Dos mil veintitrés (2023), consignada ante la Unidad de Recepción y Distribución de documentos del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, sede El Vigía; suscrita por la ciudadana YENI CAROLINA GELVIS RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.038.051, pasaporte N° 179959716, domiciliada en Mucujepe, parcelamiento Monte Verde, calle 4, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, teléfono 0426-6788063, correo electrónico filrrhh@gmail.com; debidamente asistida por el abogado RIGO ALBERTO RAGEL ESCALANTE; Defensor Público Provisorio Segundo; en su condición de madre del adolescente (Se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes LOPNNA), titular de la cédula de identidad N° V-32.952.828, pasaporte N° 179864377, nacido en fecha 06/04/2007, de dieciséis (16) años de edad; constante de tres (03) folios útiles y quince (15) como anexos. Se le asigno al Expediente el número de orden, LP51-J-2023-000286; Motivo. Autorización Judicial para Viajar al Exterior. (España). Se admitió el día 15/08/2023 ordenando librar Boleta de notificación a la fiscal y al ciudadano JESUS EDUARDO PERNIA HERANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.913.116, domiciliado en Utah ciudad West Jordan 84081,casa N° 7606, Estados Unidos de Norteamérica, teléfono +13854909775, correo Electrónico jesuseduardoperniah@gmail.com, las cuales la secretaria el día 30/08/2023 certifico boleta y fijo audiencia de jurisdicción voluntaria para el día 08/09/2023 a las 10:00 de la mañana.---------------------------------------------------------------------------
Siendo el día y la hora pautada para llevarse a cabo la audiencia de Jurisdicción Voluntaria, se deja constancia que se anunció el acto a las puertas del Tribunal haciendo acto de presencia la ciudadana YENI CAROLINA GELVIS RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.038.051. En su condición de madre del adolescente (Se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes LOPNNA), titular de la cédula de identidad Nº V- 32.952.828, pasaporte N° 179864377, nacido en fecha 06/04/2007, de dieciséis (16) años de edad. Junto a los ciudadanos: CENAIDA HERNANDEZ DE PERNIA y JESUS MARIA PERNIA PEÑA, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.508.058 y V-4.702.712, en su orden, como testigos. Asistida por el Defensor Público Segundo RIGO ALBERTO RANGEL ESCALANTE. Se le concede el derecho de palabra a la solicitante YENI CAROLINA GELVIS RANGEL, quien expone: “viajare junto a mí hijo a Italia para presentar unas pruebas en el Club de Futbol PERUGIA, donde estará a prueba en conjunto con otros futbolistas de varios países, buscando un puesto en diversos equipos europeos profesionales y semi-profesionales. El itinerario de viaje es el siguiente. Salimos desde el Aeropuerto Juan Pablo Pérez Alfonso, por vía aérea desde El aeropuerto Internacional Juan Pablo Pérez Alfonso el día viernes 22-09-2023, en horas de la mañana hasta El aeropuerto nacional Simón Bolívar, ubicado en Maiquetía, Estado de La Guaira. Y el siguiente día, es decir el sábado 23-09-2023, viajaremos con la aerolínea AIR EUROPA, desde el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar, de Maiquetía hasta el aeropuerto Adolfo Suarez Barajas, ubicado en Madrid –España, llegando el día 24-09-2023, y ese mismo día continuamos el viaje con la misma aerolínea hasta el aeropuerto de Roma Fiumicino, Italia, donde nos recibirán personal del equipo A.C. PERUGIA y nos trasladara por vía terrestre hasta el lugar de concentración, en las instalaciones del Equipo. Retornando el día 02-10-2023, desde el aeropuerto de Roma Fiumicino, Italia, con la aerolínea AIR EUROPA hasta el aeropuerto Adolfo Suarez Barajas, de Madrid-España; saliendo l siguiente día, es decir 03-10-2023, desde el aeropuerto Adolfo Suarez Barajas, hasta el aeropuerto Internacional Simón Bolívar, ubicado en Maiquetía, Estado de la Guaira, continuando el 04-10-2023, desde el Aeropuerto Nacional Simón Bolívar hasta el Aeropuerto Internacional Juan Pablo Pérez Alfonso, ubicado en la ciudad de El Vigía, con la aerolínea LASER AIRLINES”. Seguidamente se procedió a juramentar a los testigos promovidos ciudadanos: CENAIDA HERNANDEZ DE PERNIA y JESUS MARIA PERNIA PEÑA, antes identificados. Una vez juramentados, se procedió a realizarse la video llamada al progenitor ciudadano JESUS EDUARDO PERNIA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-.11.913.116, desde el número +584266788063 al número +13854909775, respondiendo, quien es reconocido por los testigos presentes, el cual se identifico como JESUS EDUARDO PERNIA HERNANDEZ, y manifestó: “sí, estoy totalmente de acuerdo y doy la autorización para que viaje mi hijo (Se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes LOPNNA) de Venezuela a Italia, para unas pruebas en un club de futbol de Italia, en compañía de su madre”..----------------------------------------------------------
PARTE MOTIVA
Consignando como medios de prueba:
1.- Copia Certificada del acta de nacimiento del adolescente.
2.- Copia fotostática simple de la cédula de identidad del adolescente.
3.- Copia fotostática simple del pasaporte del adolescente.
4.- Copia fotostática simple de la cedula y pasaporte de la progenitora.
5.- Copia fotostática simple de la cédula y pasaporte del progenitor.
6.- Itinerario de Viaje.
7.- Constancia de residencia.
8.- Copias de cédulas de los testigos promovidos.
PARTE DISPOSITIVA
Del análisis de las pruebas documentales que anteceden y de lo manifestado por la solicitante y el adolescente, aunado a lo señalado por el progenitor, a través de video llamada, se evidencia que la solicitud reúne los requisitos de Ley, pues con la misma se les están protegiendo los derechos y garantías establecidos tanto en nuestra Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes como lo establecido en la Convención del Niño. EN CONSECUENCIA, en aras de garantizarle los derechos antes señalados y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
SE LE CONCEDE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR, (ESPAÑA), al adolescente (Se omite nombre de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes LOPNNA), titular de la cédula de identidad N° V-32.952.828, pasaporte N° 179864377, nacido en fecha 06/04/2007, de dieciséis (16) años de edad, para que viaje en compañía de su progenitora la ciudadana YENI CAROLINA GELVIS RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.038.051, pasaporte N° 179959716. Siendo el itinerario de viaje el siguiente: Saliendo desde el Aeropuerto Juan Pablo Pérez Alfonso, ubicado en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida, por vía aérea el día viernes 22/09/2023, en horas de la mañana hasta El aeropuerto nacional Simón Bolívar, ubicado en Maiquetía, Estado de La Guaira. Y el siguiente día, es decir el sábado 23/09/2023, viajaran con la aerolínea AIR EUROPA, desde el Aeropuerto Internacional Simón Bolívar, de Maiquetía hasta el aeropuerto Adolfo Suarez Barajas, ubicado en Madrid –España, llegando el día 24/09/2023, para continuar el viaje con la misma aerolínea hasta el aeropuerto de Roma Fiumicino, Italia, donde serán recibidos por personal del equipo A.C. PERUGIA y los trasladara por vía terrestre hasta el lugar de concentración, en las instalaciones del Equipo. Retornando el día 02/10/2023, desde el aeropuerto de Roma Fiumicino, Italia, con la aerolínea AIR EUROPA hasta el aeropuerto Adolfo Suarez Barajas, de Madrid-España; saliendo al siguiente día, es decir 03/10/2023, desde el aeropuerto Adolfo Suarez Barajas, hasta el aeropuerto Internacional Simón Bolívar, ubicado en Maiquetía, Estado de la Guaira, continuando el día 04/10/2023, desde el Aeropuerto Nacional Simón Bolívar hasta el Aeropuerto Internacional Juan Pablo Pérez Alfonso, ubicado en la ciudad de El Vigía, con la aerolínea LASER AIRLINES. Una vez que retorne a este País, deberá asistir a esta sede Judicial, el día MIERCOLES, ONCE (11) DE OCTUBRE DE 2023. CÚMPLASE.-------------------------------------------------------------------------------
Entréguese por Secretaría copia debidamente certificada de la presente decisión a la parte interesada a los fines legales pertinentes. CÚMPLASE.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CERTIFÍQUESE POR SECRETARIA, LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS DE LA SENTENCIA INSERTA EN EL PRESENTE EXPEDIENTE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 248 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, DEBIÉNDOSE INSERTAR AL PIE DE LA MISMA EL CONTENIDO DEL PRESENTE AUTO. CUMPLASE.---------------------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZA PROVISORIO
ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. ESTEFANY DANIELA NARANJO NÚÑEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
LA SRIA
Exp LP51-J-2023-000286
CMAG/-Cynthia.
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