REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA.

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.- Mérida, once (11) de abril de dos mil veinticuatro (2.024).-

213º y 165º

Vista la diligencia de fecha tres (03) de abril de dos mil veinticuatro (2.024) (folio 267), mediante la cual la ciudadana CONSUELO SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 23.220.384, de este domicilio y civilmente hábil, en su condición de parte demandada, asistida por el abogado en ejercicio HERMES VERA ÁVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.200.760, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.779, domiciliado en Mérida estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábil, apela del auto de fecha primero (1°) de abril de dos mil veinticuatro (2.024) (folio 265), se OYE la misma en un solo efecto, por cuanto fue solicitada dentro del lapso legal correspondiente. En consecuencia, se acuerda remitir al JUZGADO DISTRIBUIDOR SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, las copias certificadas que indique la parte apelante y de las que se reserve indicar el Tribunal, a los fines de su distribución y a quien corresponda conozca de la misma.-

EL JUEZ
ABG. JORGE GREGORIO SALCEDO V.

EL SECRETARIO
ABG. ARMANDO JOSÉ PEÑA