REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, nueve de agosto del año dos mil veinticuatro.

213° y 164°

Vista las pruebas promovidas por la parte demandante en la presente causa, por los abogados YORGGYN ALEXANDER CERRADA BENITEZ, CRISTINA BEATRIZ FIGUEREDO GONZALEZ y MARY YAZMILLEY CERRADA BENITEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 243.369, 36.788 y 99.023, mediante escrito de fecha primero (1) de agosto del año 2024, obrante a los folios del 134 al 140 del presente expediente. En cuanto a las PRUEBA DOCUMENTALES: de los particulares PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO, CUARTO, QUINTO, SEXTO, SEPTIMO, OCTAVO, NOVENO, DECIMO, DECIMO PRIMERO, DECIMO SEGUNDO y DECIMO TERCERO se ADMITEN las mismas cuanto ha lugar en derecho, por considerarlas que son legales y pertinentes, salvo su apreciación en la sentencia correspondiente. En cuanto a las PRUEBAS TESTIMONIALES: se ADMITEN las mismas cuanto ha lugar en derecho, por considerarlas que son manifiestamente legales, en consecuencia, procédase a su evacuación, y se fija el DECIMO TERCER DÍA HÁBIL DE DESPACHO SIGUIENTE al de hoy, para que sean presentados por la parte promovente los testigos, ciudadanos: 1) AFRANIO ALTAMAR VALLE; 2) MARIA CANDELARIA MUÑOZ, 3) MARISELA RONDON y 4) JOSE RAFAEL MARQUINA, domiciliados en el Estado Bolivariano de Mérida; a las NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 a.m.); DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.); DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 a.m.) y ONCE DE LA MAÑANA, en su orden; para que se sometan al interrogatorio que en su oportunidad presente la parte interesada. En cuanto a la PRUEBA DE INFORMES, se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho, por considerarla que es legal y pertinente. En consecuencia procédase a su evacuación y se acuerda oficiar a la entidad financiera BANCO SOFITASA, banco universal, ubicado en la Avenida Urdaneta, cruce con calle 37, Sector Glorias Patrias, frente al Comando del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Bolivariano de Mérida, en los términos aludidos por la parte promovente en su escrito de pruebas.
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. CARLOS ARTURO CALDERÓN GONZÁLEZ.
LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. GIANNA A. PIVA CARDENAS.
En la misma fecha se se libró se oficio a la entidad financiera BANCO SOFITASA, Banco Universal bajo el Nº 333-2024.-

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. GIANNA A. PIVA CARDENAS.

CACG/GAPC/cagf.-