REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA.
En horas de despacho del día de hoy, Martes trece (13) de Agosto del año dos mil veinticuatro (2024); siendo las diez de la mañana (10:00 am), día fijado por este Tribunal por auto de fecha siete (07) de Agosto de 2024, inserto al folio 26 del expediente, para que tenga lugar la celebración de la presente AUDIENCIA TELEMATICA, en atención a lo dispuesto en los Artículos 2, 26, 49, 110, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 1, 2, 4 y 9 del Decreto con Fuerza de Ley, Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, en el presente juicio de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, que ha intentado la ciudadana LILIA ANDREINA HERNANDEZ BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.310.567, de este domicilio y hábil, asistida por el abogado en ejercicio OSMAR DANIEL RAMIREZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-11.958.776, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 77.569, y jurídicamente hábil, quienes se encuentran presentes en este acto, en contra del ciudadano ANTHONY JOSE ZAMBRANO ALIZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V. 17.456.867, con residencia en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, que se sustancia en el expediente signado con el N° 3.439. Seguidamente, el Tribunal a través del número 0424-7258146, procedió a realizar una video llamada al número, 04247784380, aportado por la parte Demandante, plenamente identificada, como número telefónico del demandado ciudadano ANTHONY JOSE ZAMBRANO ALIZO, ya identificado. Acto seguido, al número telefónico que se realizó la llamada contestó una persona que se identificó ante el Juez, la Secretaria y el Alguacil del Tribunal y señaló “Soy ANTHONY JOSE ZAMBRANO ALIZO, titular de la cédula de Identidad N° V-17.456.867. Seguidamente, el Juez le solicitó al ciudadano V-17.456.867, que expusiera su cédula de identidad ante la cámara del celular e igualmente, le preguntó si estaba conteste con el Divorcio que por Desafecto incoara la ciudadana LILIA ANDREINA HERNANDEZ BRICEÑO y en voz clara señaló: “Expongo mi cédula de identidad ante la cámara del celular, para que sea verificada por el ciudadano Juez, y estoy conteste del Divorcio incoado en mi contra y me doy por citado, es todo”. Acto seguido, la suscrita Secretaria, certifica la identidad del ciudadano antes identificado, quien a través de video llamada expuso su documento de identidad (cédula de Identidad) verificándose que su número es V-17.456.867. En este estado, el Juez ordena la impresión de la presente acta para que se consigne en el expediente y siendo las diez y treinta (10:30 a.m) aproximadamente, el Juez da por terminada la presente audiencia telemática. Es todo, terminó se leyó y estando conformes firman,
EL JUEZ PROVISORIO
ABG. YORGI ALFONSO OVIEDO SOTO
LA DEMANDANTE
EL ALGUACIL
LA SECRETARIA,
LIC. JAVIER ALEXANDER LEON Q.
YAOS/ao. Exp. 3.439.- ABG. ANGIE YULEXCI OVALLES