REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIÓN DE CONTROL MUNICIPAL. SEDE VIGIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL MÉRIDA DEL ESTADO MÉRIDA
EXTENSIÓN EL VIGÌA
Tribunal Penal de Primera Instancia Municipal en funciones de Control. Edo. Mérida, Extensión El Vigía
El Vigía, 20 de agosto de 2024
213º y 164º
CASO PRINCIPAL : LP11-P-2024-000636
IMPUTACION (con declinatoria de competencia por ser la pena a imponer según el delito a imputar mayor de ocho (08) años)
Recibido por ante este Tribunal de Control, actuaciones de la Fiscalía Séptima del Ministerio Publico, de esta circunscripción Judicial.
Revisadas las actuaciones de la imputación y visto que la Fiscalía Sexta del Ministerio Publico en esta audiencia solicito se declinara competencia pues el delito que va a imputar, ” (HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION), pasa la pena a imponer de los ocho años, pues hace enmienda en el delito, variaron las circunstancias iníciales con la declaración de la victima quien en esta sala presenta las lesiones que recibió de parte del investigado y además hace saber la Fiscal y la victima presente que debido a las lesiones sufridas se le presenta dificultad de hablar normalmente, y que además la victima menciono que cuando él estaba perdiendo el conocimiento que lo había matado, y lo dejo tirado en la cuneta …, este Tribunal declinó la competencia por ser este un tribunal con competencia en delitos menos graves, (artículo 354 del COPP), corresponde a este Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 157, encabezamiento, y 161, único aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, proferir el auto fundado correspondiente, a cuyos efectos, hace los siguientes pronunciamientos:
De acuerdo a las actuaciones que conforma la causa, se evidencia que el delito por el cual el Ministerio Publico, le está imputando a el ciudadano: : JOSE ARMANDO ANAYA ZERPA, nacionalidad: Venezolano, cédula de identidad N° 32.367.753, edad 24 años, fecha de nacimiento 29/07/2000, natural de Barquisimeto Estado Lara, Ocupación: Obrero, Grado de Instrucción: cuarto grado de educción primaria, estado civil soltero, hijo de Magda Arelis (v) y de padre Jose Alirio Zambrano (f), residenciado la calle principal de la playita sector el milagro en un rancho de caña brava a veinte metros de donde iban a construir el ambulatorio parroquia Presidente Rómulo Betancourt Municipio Alberto Adriani de El Vigía estado Mérida, teléfono 0414-7571213 pertenece a su pertenencia. Pertenece a una comunidad indígena (NO) le dio Covid (NO) pertenece a una comunidad LGBTQ+ (No) sexo masculino, quien en su derecho de palabra, manifestó”: no deseo declarar, se deja constancia que se acogio al precepto constitucional”, delito , CONTRA LAS PERSONAS ,… cuya penalidad es … “ será castigado con prisión que se excede de las penas a imponer por este tribunal” (HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION) es por lo que este tribunal ante tal circunstancia, que por razón de competencia, el detenido debe colocarse a la orden y disposición un Tribunal de Control con competencia en delitos cuyas penas son mayores de ocho años de conformidad con los artículos 56 ,65, 71 y 80 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.
Es necesario resaltar, que fueron garantizados las garantías constitucionales y derechos procesales del aprehendido, especialmente asignándole la asistencia de un Defensor Público y la presencia de la Fiscalía del Ministerio Público; cumpliendo igualmente con el principio de celeridad procesal y el de la tutela judicial efectiva, todo en concordancia con los Tratados y Convenios Internacionales.
En consecuencia, a los fines de que se realice al correspondiente audiencia se oficiara al Cuerpo de alguaciles oficina, U.R.D.D, a los fines de qué distribuyan el asunto a un tribunal ordinario e de esta jurisdicción del Tribunal que se encuentre de Guardia el día de hoy 20-08-2024, martes, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía.
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Municipal en funciones de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se DECLINA LA COMPETENCIA por ante un Tribunal de Control que este de guardia en este momento con competencia en delitos cuyas penas son mayores de ocho años de conformidad con los artículos 65, 71,80 y 354, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal colocando a la orden y disposición del mencionado Juzgado, al ciudadano: JOSE ARMANDO ANAYA ZERPA, nacionalidad: Venezolano, cédula de identidad N° 32.367.753,
SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud de la defensa Privada y la Fiscalía, en cuanto a la medida cautelar, deberá seguir el imputado JOSE ARMANDO ANAYA ZERPA, nacionalidad: Venezolano, cédula de identidad N° 32.367.753, edad 24 años, supra identificado. Por lo tanto permanecerá detenido a la orden del tribunal que por estar de guardia corresponda.
TERCERO: Líbrese oficio al Cuerpo de alguaciles oficina, U.R.D.D, a los fines de qué distribuyan el asunto a un tribunal ordinario de esta jurisdicción Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía.
EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 02
WUILIAN ANTONIO FERNANDEZ GALVIS
LA SECRETARIA
MILEYDIS MARGARITA HERNANDEZ PINO
En fecha _________________ se cumplió con lo ordenado se libraron Oficios Nos. _________________, _______________ y _______________
Sria./mmhp