REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIÓN DE CONTROL MUNICIPAL. SEDE VIGIA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL MÉRIDA DEL ESTADO MÉRIDA
EXTENSIÓN EL VIGÌA
Tribunal Penal de Primera Instancia Municipal en funciones de Control. Edo. Mérida, Extensión El Vigía
El Vigía, 04 de diciembre de 2024
214º y 165º
CASO PRINCIPAL : LP11-P-2024-000720
SOBRESEIMIENTO POR CUMPLIMIENTO DE SUSPENSIÓN
CONDICIONAL DEL PROCESO
Corresponde a este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 361 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, emitir pronunciamiento por cuanto finalizó el régimen de prueba en la presente causa, en consecuencia; este Tribunal de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procede a decidir en los siguientes términos:
IDENTIFICACION DEL IMPUTADO:
LUIS GERARDO ARAQUE MARQUEZ, Venezolano, cédula de identidad N°28.276.227 edad 22 años, fecha de nacimiento 09-08-20218, natural de Tovar estado Mérida, ocupación Mecánico, grado de instrucción Bachillerato, Estado Civil Soltero, hijo de Maribel Márquez (v), y de Jesús Gerardo Araque (v) residenciado en el sector La Flores parte alta calle principal Parroquia Rómulo Gallegos Municipio Alberto Adriani casa N° 1-105 de color rosado con puerta de color gris, punto de referencia frete a la línea de Taxi Elite teléfono 0424-720-5482 de su propiedada0424-7763670 pertenece a su progenitora, ¿Pertenece usted alguna comunidad Indígena o Afrodescendiente? (No) ¿En alguna oportunidad a padecido de COVID? (No) ¿Pertenece usted a la comunidad LGBTQ+? (NO) sexo Masculino.
Se procedió a verificar que en Audiencia de imputación(art 356 del COPP) efectuada en fecha 21 de septiembre de 2023, donde le fue acordada la Suspensión Condicional del Proceso, por el lapso de tres meses, a LUIS GERARDO ARAQUE MARQUEZ, por la presunta comisión del delito de: : RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 del Codigo Penal, cometido en perjuicio de la cosa pública, por los hechos ocurridos en fecha 19 de septiembre del 2023, … encontrándose una comisión policial de servicio observaron a un ciudadano en una moto realizando maniobras prohibidas …para la cual lo interceptaron … y el mismo tomo una actitud burlona, ofensiva y a la vez queriéndose evadir… y opuso resistencia negándose rotundamente a la inspección corporal, … un vocabulario denigrante my obsceno en contra de la comisión ……
En este sentido, tomando en cuenta que hasta el día de hoy, ha transcurrido suficientemente el lapso por el cual fue suspendido el presente proceso y visto que el procesado cumplió con las condiciones que le fueron impuestas, tal y como se desprende del aval suscrito por la Coordinación del Circuito Judicial Penal de El Vigía, donde manifiesta que
el ciudadano: LUIS GERARDO ARAQUE MARQUEZ, cumplió con la labores impuestas , es por lo que resulta procedente declarar el Sobreseimiento de la presente causa por Extinción de la Acción penal conforme lo pauta el Artículo 300 numeral 3 en concordancia con el artículo 361 del Código Orgánico Procesal Penal.
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Municipal en Función Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide; PRIMERO: DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL SEGÚN LO DISPONE EL ART. 49.7 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL Y EN CONSECUENCIA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 300, ORDINAL 3 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE, CAUSA, seguida contra de LUIS GERARDO ARAQUE MARQUEZ por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 del Codigo Penal, cometido en perjuicio de la cosa pública .SEGUNDO: Notifíquese las partes, si no es posible personalmente, notificar según lo dispone el art. 165 del C.O.P.P., de la presente decisión. TERCERO: Una vez firme la presente decisión se acuerda remitir las actuaciones al Archivo del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida Extensión El Vigía. Cúmplase.
JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL MUNICIPAL
WUILIAN ANTONIO FERNANDEZ GALVIS
SECRETARIA / MILEYDIS MARGARITA HERNANDEZ PINO
En fecha _________________ se cumplió con lo ordenado se Nº _______________________
Conste, Sectaria/mmhp