REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

En su nombre
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA
El Vigía, 09 de Diciembre de 2024
215º 165º y 24

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2011-002767

AUTO NEGANDO LIBERTAD CONDICIONAL.

Vista la solicitud a favor del penado JAVIER ANTONIO URDANETA GUERRERO venezolano, titular de la cédula de identidad No 17.580.541.natural de Santa Barbará estado Zulia de , nacido en fecha 19-02-1986, de 37 años de edad, de estado civil soltero , de ocupación u oficio comerciante , hijo de Jairo Urdaneta (f) y Blanca Guerrero (v), domiciliado en el Paraíso avenida1 casa 1-41 Parroquia Rómulo Gallegos el Vigía Estado Mérida. Teléfono 0416573-1338 ; sentenciado a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS, DE PRISION, más las accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de por los delitos de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO previsto y sancionado en el primer encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD peso neto de la droga (8 Kg CON 200 GRAMOS de Marihuana)., el penado antes citado quien requiere el Beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL; este Tribunal recibido la Evaluación Técnica, pasa a decir en los términos siguientes:

Ahora bien, aun cuando consta en la causa, algunos de los recaudos necesarios para el otorgamiento de la fórmula alternativa de cumplimiento de pena, entre ellos, constancia de residencia. Sin embargo, el penado en el Informe Psico-Social, de fecha 10/08/2024, inserto del folio 417 al 419 se determinó Pronostico DESFAVORABLE al otorgamiento de la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de la Pena de LIBERTAD CONDICIONAL del penado y con clasificación MAXIMA, lo que hace improcedente y así lo declara esta instancia Judicial, el LIBERTAD CONDICIONAL solicitada.
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En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que éste Tribunal en Funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: SE NIEGA la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de LIBERTAD CONDICIONAL al penado JAVIER ANTONIO URDANETA GUERRERO antes identificado, actualmente recluido en el Centro Penitenciario Fénix Estado Lara. Se ACUERDA librar oficio al director del Centro Penitenciario Fenix a los fines de remitir copia certificada de la presente decisión, el. Notifíquese a la Fiscalía Vigésima Segunda del Ministerio Público y a la Defensa y al penado Cúmplase. Regístrese, publíquese y certifíquese por secretaría copia de la presente Decisión. Cúmplase. -

JUEZ DE EJECUCIÓN Nº 02

ABG. MILEYBI COROMOTO SANCHEZ TORRES

SECRETARIA

ABG. MONICA PEREZ VILLASMIL

En fecha ___________, se cumplió con lo ordenado, librándose Boletas de Notificación bajo los Números ____________ y Oficios bajo los Números ____________________.-
Conste/Sria.