JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, 12 de enero de 2024.

213º y 164º

Vista las pruebas promovidas por el abogado HIDALGO ASCANIO BUSTAMANTE, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RAMON ARCANGEL MARQUINA SANCHEZ, parte demandada, mediante escrito de fecha 19 de diciembre del 2023, obrante a los folio 94 al 95. Ahora bien, en cuanto a las pruebas documentales Nº 1, Nº 2, Nº 3, Nº 4, Nº5, Nº 6 y Nº 7, se ADMITEN las mismas cuanto ha lugar en derecho, por considerarlas legales y pertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva correspondiente.


EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. CARLOS ARTURO CALDERÓN GONZÁLEZ.

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. GIANNA ARIANNA PIVA CARDENAS.

CACG/GAPC/dgdn.-