REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN EL VIGIA.
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
El Vigía, 26 de enero de 2024
212º y 163º
ASUNTO PRINCIPAL : LJ11-P-2007-003300
Visto que, se recibieron información a través de la JUEZ PRESIDENTA ABOGADA CARLA GARDENIA, QUE EL TRIBUNAL 48 DE CONTROL DEL AREA METROPLITANA DE CARACAS en relación que en la POLICIA NACIONAL BOLIVARIANA, DIVISION MOTORIZADA DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo de la aprehensión del ciudadano RAFAEL ANTONIO ACOSTA COCHO, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-12.066.305, quien según el Acta de Investigación Policial, a través del reporte de sistema (SIPOL-), se encuentra solicitado por el Tribunal de Control Nº 03 de esta sede Judicial Penal, por el delito VIOLENCIA FISICA, previsto en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre EL Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana LUZ MARINA VALERA VASQUEZ. Ahora bien, UNA VEZ VERIFICADO EL SISTEMA INDEPENDENCIA, SE CONSTATA DEL MISMO, QUE DICHO CIUDADANO NO PRESENTA SOLICITUD ALGUNA, NO PRESENTA SOLICITUD ALGUNA POR ESTE TRIBUNAL DE CONTROL N° 03, POR CUANTO EN FECHA 07/02/2016 le acordó el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA Y LA EXTINSION DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con el articulo 108 numeral 5 y 110 del Código Penal Venezolano y el articulo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto en el artículo de la Ley Orgánica sobre EL Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana LUZ MARINA VALERA VASQUEZ, ordenado así: librar el correspondiente oficio de de exclusión del sistema de SIPOL-El Vigía), en la causa que se le seguía al mencionado ciudadano; en consecuencia este Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: DEJAR EN LIBERTAD INMEDIATA al ciudadano RAFAEL ANTONIO ACOSTA COCHO, identificado en actas procesales, a los fines de dejar sin efecto por ante el Sistema Integrado de Información Policial (SIIPOL), la solicitud que presenta el ciudadano RAFAEL ANTONIO ACOSTA COCHO, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-12.066.305, por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto en el artículo de la Ley Orgánica sobre EL Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana LUZ MARINA VALERA VASQUEZ, Líbrese la correspondiente boleta de libertad. Cúmplase. -
JUEZA TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
ABG. YULY COROMOTO DURAN GUTIERREZ
SECRETARIA
ABG. YRLEM HERNANDEZ
En fecha ________________, se cumplió con lo arriba ordenado, según __________ La secretaria Judicial