REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA. Mérida, veintiséis (26) de febrero del año dos mil veinticuatro (2024).-
213º y 165º
Vista la demanda de DAÑO EMERGENTE, LUCRO CESANTE y DAÑO MORAL, intentada por el abogado: MIGUEL ANTONIO CARDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.465.578, inscrito el Inpreabogado bajo el Nº 36.601 domiciliado en la Población de Lagunillas, Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Mérida, y hábil actuando en nombre y representación de la ciudadana, ANA ISABEL MARQUEZ MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.492687, domiciliado en la ciudad de Mérida del Estado Bolivariano de Mérida. El Tribunal la ADMITE por no ser contraria a la Ley, a las buenas costumbres y al orden público. En consecuencia, se ordena emplazar a los ciudadanos DIEGO QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.332.768 y a la ciudadana SASHA GUADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.797.705, en su carácter de ADMINISTRADORES DEL CONDOMINIO EDIFICIO FARNA-HUMBOLDT; domiciliados en la sede de la Administración del CONDOMINIO EDIFICIO HUMBOLDT, ubicado en la Avenida Las Américas, Urbanización Humboldt, Parroquia Caracciolo Parra, Jurisdicción, del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, para que comparezcan por ante el Despacho de este Juzgado dentro de los VEINTE DÍAS HÁBILES DE DESPACHO SIGUIENTES, a aquel en que conste de autos de su citación ordenada, en cualesquiera de las horas de Despacho señaladas en la tablilla de este Juzgado y den CONTESTACIÓN A LA DEMANDA que hoy se providencia. Líbrense Recibos de Citación anexándoles a los mismos copias certificadas del Libelo de demanda y auto de admisión, con sus ordenes de comparecencia al pié y entréguense al Alguacil de este Juzgado a quien se comisiona amplia y suficientemente para que las haga efectiva
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. CARLOS ARTURO CALDERÓN GONZÁLEZ.
LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. GIANNA ARIANNA PIVA CARDENAS.
En la misma fecha se formó expediente, se le dio entrada bajo el N° 29.908 y se admitió la demanda cuanto ha lugar en derecho, No se libraron recaudos de citación por falta de fotostátos. Se insta a la parte solicitante a consignar los emolumentos ante el Alguacil de este Tribunal y una vez obtenidas las copias consignarlas mediante diligencia, a los fines de librar los respectivos recaudos de citación a la parte demandada.
LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. GIANNA ARIANNA PIVA CARDENAS.


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