JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, cinco de febrero de dos mil veinticuatro.-
213º y 164º
Visto que en fecha 28 de noviembre de 2023, mediante sentencia dictada por este Tribunal, en el expediente signado con el nº 05363, (nomenclatura interna de este Tribunal), se declaró “consumado el DESISTIMIENTO de los recursos de apelación, interpuestos, el primero de fecha 28 de julio de 2012 y, el segundo de fecha 26 de abtil [sic] de 2012, por abogado ENDER BLADIMIR DUGARTE ARAQUE, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano RAMÓN ENELSO (rectius: ENELSÓN) MÉNDEZ PERNÍA, contra la ciudadana MORAIMA TORRES MÉNDEZ, proferida por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, por reconocimiento de unión concubinaria” (sic) y en virtud que con dicho acto de autocomposición procesal y su homologación quedó concluido el referido proceso; y en razón de la relación de accesoriedad y dependencia jurídico-procesales que la presente incidencia cautelar tiene con el referido juicio principal, considera la juzgadora que ya no tiene objeto decidir la apelación de la sentencia interlocutoria de fecha 20 de julio de 2011 de que conoce este juzgado. En consecuencia se declara EXTINGUIDO el presente procedimiento, por no haber lugar a proseguirlo y dictar sentencia en el mismo, y así se decide.- Remítase con oficio las presentes actuaciones al Tribunal de origen y expídase por Secretaría para su archivo, copia certificada en formato digital de la misma. Así se decide.
La Jueza temporal
Abg. Francina M. Rodulfo Arria
La Secretaria
Abg. Ana Karina Melean B.
FRA/akmb
Exp. 05364
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