REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA
Nueva Bolivia, Ocho (08) de Julio de 2024.

213º y 164º

SOLICITUD: N° 057-2024.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

SOLICITANTE: MARIA MARTINA NAVA DE RENDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-6.596.154, domiciliada en Monte Aventino, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida …………………………………………..

ABOGADO ASISTENTE: LEANDRO ENRIQUE FERNANDEZ ABREU, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-9.394.526, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 35.232, domiciliado en Nueva Bolivia, Av.10 Las Acacias, detrás del cuerpo de bomberos, casa Nª4-47, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida............................

S Í N T E S I S P R O C E S A L:

Vista la anterior solicitud recibida por distribución en fecha 18 de Junio de 2024, presentada por la ciudadana: MARIA MARTINA NAVA DE RENDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-6.596.154, domiciliada en el Sector Monte Aventino, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio: LEANDRO ENRIQUE FERNANDEZ ABREU, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-9.394.526, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 35.232. Donde expone: “Que en fecha Veintisiete (27) de Octubre de 2023, falleció Ab-Intestato en la ciudad de Mérida, Estado Mérida, el ciudadano: ADALBERTO DEL CARMEN RENDON QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.463.034, con ultimo domicilio en la población de Santa Apolonia, calle principal, casa s/n, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, como consta en su Acta de Defunción que en original acompaña. A dicho ciudadano le sobrevivieron ocho (08) hijos que llevan por nombres: BELEXYS COROMOTO RENDON NAVA, BELKIS VIRGINIA RENDON DE ACHA, BILEIDE DEL VALLE RENDON NAVA, BELSIS RAMONA RENDON NAVA, BELITZA MARIA RENDON NAVA, ADALBERTO JOSE RENDON NAVA, DARWUIN ULISES RENDON NAVA y CARLOS EDUARDO RENDON HERNANEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrosº.V-10.240.078, V-10.240.079, V-10.240.080, V-11.222.791, V-13.629.328, V-14.438.466, V-14.438.467 y V-20.048.351, respectivamente del mismo domicilio y hábiles. Así como consta en sus Actas de Nacimientos y copias de cédulas de identidad que acompañan junto la solicitud, a los fines de comprobar la cualidad de herederos Ab-intestato universales, por derecho propio y por partes iguales, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 822, 823 y 824 del Código Civil y 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, solicitó se sirviera fijar día y hora para previo juramento de ley, fueran interrogadas las personas que oportunamente presentó, donde declararon sobre los particulares siguientes: PRIMERO: ¿Si conocen de vista trato y comunicación a la ciudadana: MARIA MARTINA NAVA DE RENDON y a sus hijos: BELEXYS COROMOTO RENDON
NAVA, BELKIS VIRGINIA RENDON DE ACHA, BILEIDE DEL VALLE RENDON NAVA, BELSIS RAMONA RENDON NAVA, BELITZA MARIA RENDON NAVA, ADALBERTO JOSE RENDON NAVA, DARWUIN ULISES RENDON NAVA y CARLOS EDUARDO RENDON HERNANEZ?. SEGUNDO: ¿Si conocieron en vida al ciudadano: ADALBERTO DEL CARMEN RENDON QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.463.034, con ultimo domicilio en la población de Santa Apolonia, calle principal, casa s/n, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida y que falleció el día veintisiete (27) de Octubre de 2023, en la ciudad de Mérida, Estado Mérida? TERCERO: ¿Si saben y les consta que los únicos y universales herederos de ADALBERTO DEL CARMEN RENDON QUINTERO son la ciudadana: MARIA MARTINA NAVA DE RENDON en su condición de conyugue y los ciudadanos: BELEXYS COROMOTO RENDON NAVA, BELKIS VIRGINIA RENDON DE ACHA, BILEIDE DEL VALLE RENDON NAVA, BELSIS RAMONA RENDON NAVA, BELITZA MARIA RENDON NAVA, ADALBERTO JOSE RENDON NAVA, DARWUIN ULISES RENDON NAVA y CARLOS EDUARDO RENDON HERNANEZ en su condición de hijos. CUARTO: ¿Si saben y les consta, que: ADALBERTO DEL CARMEN RENDON QUINTERO, falleció sin haber otorgado testamento? QUINTO: Diga el testigo, la razón fundada de sus hechos. Finalmente solicitó que sea admitida la solicitud, se sustancie conforme a derecho y con vista a las pruebas documentales y la justificación de testigos y se declare como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS …………………………………………………………...….....................................

En fecha veintiuno (21) de Junio de 2024, se admitió la solicitud y se fijó al TERCER día de Despacho la oportunidad para oírles las declaraciones a los testigos que presentó la parte solicitante…………………………………………………………………………………………....

En fecha veintisiete (27) de Junio de 2024, siendo el día fijado por este Tribunal para oír la declaración de los testigos, que presentaría la parte solicitante en la presente solicitud N°057-2024 de Únicos y Universales Herederos se anunció el acto con las formalidades de Ley y no compareció persona alguna, es por lo que se Declaró Desierto el Acto…………………………

Al folio veintiocho (28) riela diligencia de fecha veintiocho (28) de Junio de 2024 presentada por la ciudadana: MARIA MARTINA NAVA DE RENDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-6.596.154, asistida por el abogado en ejercicio: LEANDRO ENRIQUE FERNANDEZ ABREU, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-9.394.526, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 35.232, donde solicitó se fijara nueva oportunidad para que fueran oídos los testigos que oportunamente presentó……………..

Al folio veintinueve (29) riela auto de este Tribunal de fecha de fecha 01 de Julio de 2024, donde se acordó nueva oportunidad para que los testigos rindieran sus declaraciones y se fijó para el Primer Día de Despacho…………………………………………………………………………….

En fecha 02 de Julio de 2024 se tomaron las declaraciones a las testigos: MARIA ALEJANDRA ESCORCIA ANDRADE, venezolana, de cuarenta y cuatro (44) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.522.046, domiciliada en el Sector Monte Aventino, Parroquia Santa Apolonia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida; y, SAHIRA DEL CARMEN CARRERO DE ESPINOZA, venezolana, de cincuenta y cuatro (54) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.277.197, domiciliada en el Sector Monte Aventino, Parroquia Santa Apolonia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida…................................................

C O N S I D E R A C I O N E S P A R A D E C I D I R:
Análisis Probatorio:

En cuanto a las documentales presentadas, Copias de cédulas de identidad, Acta de Matrimonio, Certificado de Acta de Defunción y Actas de Nacimiento; las mismas se aprecian de conformidad con el artículo 1357 del Código Civil, otorgándoseles pleno valor probatorio al hecho que de ellas se derive. En cuanto a Testifícales rendidas por las ciudadanas: MARIA ALEJANDRA ESCORCIA ANDRADE y SAHIRA DEL CARMEN CARRERO DE ESPINOZA, antes identificadas, se aprecian de conformidad con el artículo 508 y 509 del Código de Procedimiento Civil y se les da todo el valor probatorio, ya que estas ciudadanas con diferentes palabras estuvieron contestes en afirmar: Que si conocen de vista, trato y comunicación a la ciudadana: MARIA MARTINA NAVA DE RENDON y a sus hijos ciudadanos: BELEXYS COROMOTO RENDON NAVA, BELKIS VIRGINIA RENDON DE ACHA, BILEIDE DEL VALLE RENDON NAVA, BELSIS RAMONA RENDON NAVA, BELITZA MARIA RENDON NAVA, ADALBERTO JOSE RENDON NAVA, DARWUIN ULISES RENDON NAVA y CARLOS EDUARDO RENDON HERNANEZ. Que si conocieron en vida al ciudadano: ADALBERTO DEL CARMEN RENDON QUINTERO. Que de igual manera saben y les costa que los UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del causante: ADALBERTO DEL CARMEN RENDON QUINTERO, son la ciudadana: MARIA MARTINA NAVA DE RENDON en su condición de conyugue y los ciudadanos: BELEXYS COROMOTO RENDON NAVA, BELKIS VIRGINIA RENDON DE ACHA, BILEIDE DEL VALLE RENDON NAVA, BELSIS RAMONA RENDON NAVA, BELITZA MARIA RENDON NAVA, ADALBERTO JOSE RENDON NAVA, DARWUIN ULISES RENDON NAVA y CARLOS EDUARDO RENDON HERNANEZ en su condición de hijos. Que si saben y les consta que el causante: ADALBERTO DEL CARMEN RENDON QUINTERO falleció sin haber otorgado testamento. Los testigos dieron la razón fundada de sus dichos. Ahora bien, de la revisión de las actas se observa que, de la acta de Defunción del extinto: ADALBERTO DEL CARMEN RENDON QUINTERO, inserta del vuelto del folio siete (07) al folio ocho (08), queda demostrado que en fecha veintisiete (27) de Octubre de 2023, se produjo el deceso del ciudadano: ADALBERTO DEL CARMEN RENDON QUINTERO, del acta de matrimonio N°23, de fecha dos (02) de Septiembre de 1977 inserta en los libros del Registro Civil de La Parroquia Santa Apolonia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano Mérida, la cual riela a los folios cinco (05), seis (06) y siete (07), de la solicitud, queda demostrado que el extinto ADALBERTO DEL CARMEN RENDON QUINTERO, fue legitimo esposo de la solicitante ciudadana: MARIA MARTINA NAVA DE RENDON, de las copias Certificadas de las Actas de Nacimientos que rielan a los folios diez (10), doce (12), catorce (14) dieciséis (16) dieciocho (18), veinte (20), veintidós (22) y veinticuatro (24) se refleja que el ciudadano: ADALBERTO DEL CARMEN RENDON QUINTERO, fue el padre legítimo de los ciudadanos: BELEXYS COROMOTO RENDON NAVA, BELKIS VIRGINIA RENDON DE ACHA, BILEIDE DEL VALLE RENDON NAVA, BELSIS RAMONA RENDON NAVA, BELITZA MARIA RENDON NAVA, ADALBERTO JOSE RENDON NAVA, DARWUIN ULISES RENDON NAVA y CARLOS EDUARDO RENDON HERNANEZ, cuyo carácter queda demostrado con las respectivas copias Certificadas de las Actas de Nacimientos quedando así demostrado el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus. A tal efecto, esta Juzgadora, observa que la exposición formulada por la solicitante, los instrumentos presentados y las declaraciones de los testigos, son suficientes e idóneos para establecer la procedencia de la solicitud, a fin de acreditar el derecho suficiente que le asiste a la ciudadana: MARIA MARTINA NAVA DE RENDON en su condición de conyugue y a los ciudadanos: BELEXYS COROMOTO RENDON NAVA, BELKIS VIRGINIA RENDON DE ACHA, BILEIDE DEL VALLE RENDON NAVA, BELSIS RAMONA RENDON NAVA, BELITZA MARIA RENDON NAVA, ADALBERTO JOSE RENDON NAVA, DARWUIN ULISES RENDON NAVA y CARLOS EDUARDO RENDON HERNANEZ, en su condición de hijos, por cuanto se constató la filiación existente entre el causante. Así se decide. En consecuencia, se declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL CAUSANTE: ADALBERTO DEL CARMEN RENDON QUINTERO, a la ciudadana: MARIA MARTINA NAVA DE RENDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-6.596.154, domiciliada en Monte Aventino, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, en su condición de conyugue y a los ciudadanos: BELEXYS COROMOTO RENDON NAVA, BELKIS VIRGINIA RENDON DE ACHA, BILEIDE DEL VALLE RENDON NAVA, BELSIS RAMONA RENDON NAVA, BELITZA MARIA RENDON NAVA, ADALBERTO JOSE RENDON NAVA, DARWUIN ULISES RENDON NAVA y CARLOS EDUARDO RENDON HERNANEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrosº.V-10.240.078, V-10.240.079,V-10.240.080, V-11.222.791, V-13.629.328, V-14.438.466, V-14.438.467 y V-20.048.351, respectivamente del mismo domicilio y hábiles, en su condición de hijos. Quedando en todo caso a salvo, derechos de terceros………………………………………………………………………………………………

DISPOSITIVA:
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por el Ministerio
del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL CAUSANTE: ADALBERTO DEL CARMEN RENDON QUINTERO, a la ciudadana: MARIA MARTINA NAVA DE RENDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-6.596.154, domiciliada en Monte Aventino, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida en su condición de conyugue y a los ciudadanos: BELEXYS COROMOTO RENDON NAVA, BELKIS VIRGINIA RENDON DE ACHA, BILEIDE DEL VALLE RENDON NAVA, BELSIS RAMONA RENDON NAVA, BELITZA MARIA RENDON NAVA, ADALBERTO JOSE RENDON NAVA, DARWUIN ULISES RENDON NAVA y CARLOS EDUARDO RENDON HERNANEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrosº.V-10.240.078, V-10.240.079, V-10.240.080, V-11.222.791, V-13.629.328, V-14.438.466, V-14.438.467 y V-20.048.351, respectivamente del mismo domicilio y hábiles, en su condición de hijos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL CAUSANTE: ADALBERTO DEL CARMEN RENDON QUINTERO. Quedando en todo caso a salvo, derechos de terceros. Devuélvanse las originales de estas actuaciones al solicitante y déjense copias certificadas de la totalidad del expediente, a los fines de que la misma quede en este Juzgado para que surta efectos legales. DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SEDE DONDE DESPACHA EL TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, A LOS OCHO (08) DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024). AÑOS 213º De la Independencia y 164º de la Federación.


MIRELIS MORENO CUBARRUBIA.
LA JUEZA.

MARIA E. ESCALONA B.
LA SECRETARIA

En la misma fecha se publicó la presente sentencia siendo las 10:00.am, y se dejó copia certificada.


Conste;

La Sria T.