REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control N° 01 del Estado Mérida
Mérida, 01 de julio de 2024
214° y 165°
ASUNTO PRINCIPAL: LP01P2020001017
AUTO DE SOBRESEIMIENTO POR CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES
Revisadas las actuaciones, para verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas al acusado NABOR ROSALES BELNADRIA (plenamente identificados en autos) por habérsele otorgado la medida alternativa de Suspensión Condicional del Proceso, pasa este Juzgado a pronunciarse al respecto, para lo cual, hace las consideraciones que a continuación se expresan:
PRIMERO:
En fecha 02/11/2020, este Juzgado concedió a los acusados antes mencionados la medida alternativa de suspensión condicional del proceso por el lapso de tres meses para el cumplimiento de la medida alternativa acordada. En dicha oportunidad les fueron impuestas las condiciones siguientes: Realizar como labor social un donativo, para lo cual deberá dirigirse a la Coordinación Judicial de este Circuito Judicial Penal del estado Mérida a fin de que le asignen el donativo que habrá de cumplir. Se acuerda oficiar lo conducente al Coordinador Judicial de esta sede para su conocimiento y demás fines. Se hace la advertencia que en caso de no cumplir las condiciones injustificadamente, este Tribunal procederá a escucharlo e imponer la pena correspondiente.
SEGUNDO:
Ha constatado el Tribunal a través del sistema independencia y mediante informes insertos a los folios 83 al 84 de las actuaciones, y verificado el total cumplimiento de las condiciones predichas, aunado a que no consta en las actuaciones que los mismos hayan estado incurso en otros hechos similares, de modo, que resulta dable, en el caso bajo examen, declarar la extinción de la acción penal con base a lo indicado en el artículo 49.7 Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se declara el sobreseimiento de la causa con respecto de los imputados antes identificados, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se declara.
DECISIÓN
EN FUERZA DE LAS ANTERIORES CONSIDERACIONES, ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Se decreta el sobreseimiento a favor de los ciudadanos NABOR ROSALES BELNADRIA (plenamente identificados en autos), por la presunta comisión del delito POSESIÓN ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley para el Control de Armas y Municiones. Por ende, se declara terminado el presente procedimiento, respecto del imputado ya identificado, en consecuencia, cesa cualquier medida cautelar impuesta en la presente causa. Así se decide con base en lo dispuesto en los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 13, 49.7 y 46 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda notificar a las partes.
LA JUEZ DE CONTROL N° 01
ABG. MARY YESENYA VERGARA RODRIGUEZ
SECRETARIA:
ABG. _____________________
En fecha ________________se libraron boletas ____________________________sria