REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN EL VIGIA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En su nombre
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA- EXTENSION EL VIGIA

CUADERNO DE INHIBICION

ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2019-001297
ASUNTO : LX11-X-2024-000004



INTERVINIENTE: ABG. GUSTAVO ALBERTO PEÑA CONTRERAS

VICTIMA: HECTOR JAVIER QUINTERO RODRIGUEZ (OCCISO) Y BRIXIO JUNIOR URDANETA LUQUEZ

DELITO: SICARIATO Y ASOCIACION PARA DELINQUIR


PROCEDENCIA: TRIBUNAL DE CONTROL N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE MERIDA EXTENSION EL VIGIA

FECHA DE ENTRADA: 03/07/2024

MOTIVO: INHIBICIÓN PRESENTADA POR EL JUEZ SEGUNDO DE
JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO
MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ABG. GUSTAVO ALBERTO PEÑA CONTRERAS.

CONCLUSION: ___________________________________________
TERMINADO : ____________________________________________
Fecha Terminación: ________________________________________




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En su nombre
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA- EXTENSION EL VIGIA
El Vigía, 09 de Julio de 2024
212°, 163° y 23°


ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2019-001297
ASUNTO : LX11-X-2024-000004
ACTA DE INHIBICIÓN

En el día de hoy Nueve (09) de Julio de 2024, presente por ante la oficina de Secretaría de este Tribunal en Funciones de Juicio N° 02, la Abg. Gustavo Alberto Peña Contreras, en su condición de Juez de este Juzgado expuso: ME INHIBO DE CONOCER de la presente causa N° LP11-P-2019-001297, por cuanto en la etapa de juicio peviamente me correspondio conocer el presente asunto penal, y siendo que en fecha 03/05/2023, se emite por ante este Juzgado un Auto Decretando con Lugar Nulidades y se Órdena la Reposición de la Causa al estado de Realización de una Nueva Audiencia Preliminar, (Folios 266 al 268 de la causa), del presente asunto penal, donde funge como acusado el ciudadano ADIXON ENRIQUE QUINTERO CONTRERAS, apodado “El Chirri”, titular de la cedula de identidad N° V-30.469.168, natural de Tucaní, estado Merida, nacido en fecha 04/11/1996, de 29 años de edad, soltero, de ocupación u oficio; latoneria y mecanica, con grado de Instrucción: Cuarto Año de Bachillerato aprobado, se identica del genero masculino, manifiesta no pertenecer a ninguna cominidad LGBT, manifiesta no haber padecido de COVID-19, manifiesta no pertenecer a ninguna comunidad indigena, hijo de Adixan Salas (F) y de Eglys Enrique Quintero (v), domiciliado en el Sector Playa Grande, calle Las Rurales, casa S/N°, zona rurla, casa revestida de color blanco, diagonal a la cancha de Playa Grande, cerca del comando de la policia, Parroquia Eras, Municipio Sucre, estado Zulia, Telefono 0426-2722855 (pertenece a su hermana Eglys Quintero), por la presunta comisión del el delito de SICARIATO, previsto y sancionado en el artículo 44 de la Ley Organica nContra la Delincuencia Organizada, y el delito de ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 37 de la Ley Organica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, cometido en perjuicio de los ciudadanos HECTOR JAVIER QUINTERO RODRIGUEZ (OCCISO) Y BRIXIO JUNIOR URDANETA LUQUEZ, conociendo ampliamente el caso. Por estas razones es que considero que debo inhibirme de conocer de la presente causa para de esta manera evitar cualquier recusación posteriormente y que se vea mi imparcialidad afectada, razón por la cual no puedo seguir conociendo de la presente causa, todo de conformidad con el numeral 7° del Artículo 89 y Articulo 90 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por lo que procedo a Inhibirme.
En consecuencia envíese la presente causa a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) para su distribución, una vez tramitada todo el procedimiento. Notifíquese a las partes. Es todo, terminó, se leyó lo escrito y conformes firman.

EL JUEZ INHIBIDO
ABG. GUSTAVO ALBERTO PEÑA CONTRERAS

LA SECRETARIA
ABG. LUZ MARINA HERNANDEZ
En esta misma fecha mediante Auto se libro oficio N°----------- y Boletas de Notificaciones N°----------

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En su nombre
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA- EXTENSION EL VIGIA
El Vigía, 09 de Julio de 2024
212°, 163° y 23°



ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2019-001297
ASUNTO : LX11-X-2024-000004

Vista la inhibición presentada el día Nueve (09) de Julio de 2024, por el ciudadano Juez de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio Nº 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ABG. GUSTAVO ALBERTO PEÑA CONTRERAS, de conformidad con el artículo 89.7 y 90 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en consecuencia, se acuerda: 1.- Apertura de Cuaderno Separado de Inhibición, compulsando y agregando copias certificadas de las actuaciones que soportan y fundamentan la inhibición, (Auto Decretando Nulidades y la Reposición de la Causa al Estado de Realización de la Audiencia Preliminar, Folios 266 al 268 de la causa). 2.- Remitir Cuaderno de Inhibición a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. 3.- De conformidad con el artículo 97 de la Ley Adjetiva Penal, lo cual indica que el curso del proceso no se detendrá, cuyo conocimiento pasará a quien deba sustituir conforme a la ley, mientras se decida la incidencia; se ordena que el LP11-P-2019-001297, sea redistribuido en otro Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal. A tales efectos, remítase el asunto principal al Tribunal de Juicio que corresponda conocer por distribución. Déjese copia del presente auto en la causa principal. Líbrese el respectivo oficio. Cúmplase.

JUEZ EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 02
ABG. GUSTAVO ALBERTO PEÑA CONTRERAS
LA SECRETARIA
ABG. YRLEM YAMILETH HERNANDEZ
En fecha_______ se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, remitiendo el asunto principal a la URDD de este Circuito Judicial Penal para su distribución en un Tribunal de Juicio y se remitió Cuaderno de Inhibición a la Corte de Apelaciones del Estado Mérida con oficio Nº__________ constante de _________folios útiles, Notificaciones Nº ___________. Conste/Sria.





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En su nombre
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA- EXTENSION EL VIGIA
El Vigía, 09 de Julio de 2024
212°, 163° y 23°


ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2019-001297
ASUNTO : LX11-X-2024-000004

OFICIO Nº 1717/2024
CIUDADANO (A):
JUEZ DE JUICIO DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSION EL VIGIA, A QUIEN POR DISTRIBUCIÓN LE CORRESPONDA CONOCER
SU DESPACHO.

Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitir adjunto al presente oficio constante de (_____) folios útiles, asunto penal Nº LP11-P-2019-001297, seguido contra el ciudadano: ADIXON ENRIQUE QUINTERO CONTRERAS, plenamente identificado en las actas procesales, por los delitos de SICARIATO, previsto y sancionado en el artículo 44 de la Ley Organica nContra la Delincuencia Organizada, y el delito de ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 37 de la Ley Organica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, cometido en perjuicio de los ciudadanos HECTOR JAVIER QUINTERO RODRIGUEZ (OCCISO) Y BRIXIO JUNIOR URDANETA LUQUEZ. .
Remisión que se hace a los fines legales consiguientes.



JUEZ EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 01
ABG. GUSTAVO ALBERTO PEÑA CONTRERAS

Anexo: Lo Indicado
EXPEDIENTE FISCALIA: MP-276322-2019



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En su nombre
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA- EXTENSION EL VIGIA
El Vigía, 09 de Julio de 2024
212°, 163° y 23°


ASUNTO PRINCIPAL : LP11-P-2019-001297
ASUNTO : ______________________



OFICIO Nº ______________________
CIUDADANO:
PRESIDENTE Y DEMAS MIEMBROS DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉRIDA
SU DESPACHO.
Me dirijo a usted, en la oportunidad de remitir adjunto al presente oficio constante de (_____) folios útiles, cuaderno por motivo de inhibición signado con el Nº ____________________ correspondiente al asunto penal Nº LP11-P-2019-001297, seguido contra el ciudadano: ADIXON ENRIQUE QUINTERO CONTRERAS, plenamente identificado en las actas procesales, por los delitos de SICARIATO, previsto y sancionado en el artículo 44 de la Ley Organica nContra la Delincuencia Organizada, y el delito de ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el articulo 37 de la Ley Organica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, cometido en perjuicio de los ciudadanos HECTOR JAVIER QUINTERO RODRIGUEZ (OCCISO) Y BRIXIO JUNIOR URDANETA LUQUEZ. .
Remisión que se hace a los fines de resolver la inhibición planteada por este Tribunal en fecha 09-07-2024.

JUEZ EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 02
ABG. GUSTAVO ALBEERTO PEÑA CONTRERAS

Anexo: Lo Indicado
EXPEDIENTE FISCALIA: MP-276322-2019-2019