REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juez del Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
El Vigía, doce de junio de dos mil veinticuatro
214º y 165 º
ASUNTO: LP51-J-2024-000181
SOLICITANTE: MINERVA COROMOTO NERI BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No V- 17.579.551.
ABOGADA: GERARDO ALFONSO GARCIA VIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 25.153.473, inpreabogado N° 302.066.
ADOLESCENTE: EDELIS VICTORIA NIÑO NERI, titular de la cédula de identidad N° V- 31.911.469, pasaporte N° 185748542, nacida en fecha 01/01/2007. De diecisiete (17) años de edad.
MOTIVO: AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (ESPAÑA).
NARRATIVA
Se recibió solicitud el día veinticinco (25) de abril del año dos mil veinticuatro (2024), consignada ante la Unidad de Recepción y Distribución de documentos del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, sede El Vigía; suscrita por la ciudadana: MINERVA COROMOTO NERI BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No V- 17.579.551 actuando en representación de su hija EDELIS VICTORIA NIÑO NERI, titular de la cédula de identidad N° V- 31.911.469, pasaporte N° 185748542, nacida en fecha 01/01/2007. De diecisiete (17) años de edad. Debidamente asistida por el Abogado: GERARDO ALFONSO GARCIA VIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 25.153.473, inpreabogado N° 302.066. Se le asigno al Expediente el número de orden, LP51-J-2024-000181; Motivo. Autorización Judicial para Viajar al Exterior (España). Se admitió el día 09/05/2024, se ordenó librar Boleta de notificación a la fiscal y al ciudadano GERALD JAVIER NIÑO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.595.582, domiciliado en España, quien es progenitor de la adolescente de autos; libradas las boletas de notificación, la secretaria certifico la misma y se fijo audiencia para que comparecieran las partes para el día 04/06/2024 a la 11:00 am.
Siendo el día y la hora pautada para llevarse a cabo la audiencia de Jurisdicción Voluntaria, se deja constancia que se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Haciendo acto de presencia compareció la ciudadana MINERVA COROMOTO NERI BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No V- 17.579.551 actuando en representación de su hija EDELIS VICTORIA NIÑO NERI, titular de la cédula de identidad N° V- 31.911.469, pasaporte N° 185748542, nacida en fecha 01/01/2007. De diecisiete (17) años de edad. Debidamente asistida por el Abogado: GERARDO ALFONSO GARCIA VIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 25.153.473, inpreabogado N° 302.066.. La progenitora ratifico la solicitud y expuso el itinerario de viaje; asimismo se contactó mediante video llamada al progenitor, quien expuso que está de acuerdo con la solicitud.-----
PARTE MOTIVA
Consignando como medios de prueba:
1.-Copia Certificada del acta de Nacimiento de la Adolescente.
2.- Copia fotostática simple del pasaporte de la adolescente.
3.- Copia fotostática simple de la cédula de identidad de los progenitores.
4.- Certificado Individual de Padrón Municipal de Habitantes
6.- Itinerario de Viaje.
PARTE DISPOSITIVA
Del análisis de las pruebas documentales que anteceden y de lo manifestado por la solicitante, aunado a lo señalado por el progenitor, a través de video llamada, se evidencia que la solicitud reúne los requisitos de Ley, pues con la misma se les están protegiendo los derechos y garantías establecidos tanto en nuestra Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes como lo establecido en la Convención del Niño. EN CONSECUENCIA, en aras de garantizarle los derechos antes señalados y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: SE LE CONCEDE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (ESPAÑA), a la adolescente: EDELIS VICTORIA NIÑO NERI, titular de la cédula de identidad N° V- 31.911.469, pasaporte N° 185748542, nacida en fecha 01/01/2007. De diecisiete (17) años de edad, en compañía de su progenitora la ciudadana MINERVA COROMOTO NERI BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No V- 17.579.551 quien la acompañara hasta la ciudad de Caracas, posteriormente será acompañada por una azafata designada por la Aerolínea. El itinerario de viaje es el siguiente: fecha de salida el día 16/06/2024, vía aérea desde el Aeropuerto Juan Pablo Pérez Alfonso de la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, hasta el Aeropuerto Simón Bolívar ubicado en Maiquetía, estado de la Guaira, con la línea aérea Conviasa en el vuelo V0 081 R. Posteriormente en fecha 17/06/2024, viajara la adolescente en compañía de una Azafata designada por la Aerolínea Iberia, desde el aeropuerto Internacional Simón Bolívar, Caracas La Guaira, mediante la Aerolínea IBERIA en el vuelo IB6674 a las 17:05 hrs con llegada el día 18/06/2024 al Aeropuerto Internacional Adolfo Suarez Baraja de Madrid- España a las 07:50 hrs, donde será recibida por su progenitor el ciudadano GERALD JAVIER NIÑO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.595.582. Retornando en fecha 09/09/2024 desde el Aeropuerto Internacional Adolfo Suarez Barajas de Madrid España, con la aerolínea IBERIA en el vuelo IB6673 a las 11:58 hrs con destino al aeropuerto Internacional Simón Bolívar a las 15:10 hrs donde será recibida por su progenitora la ciudadana MINERVA COROMOTO NERI BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No V- 17.579.551. Luego vía terrestre desde Maiquetía hasta la ciudad de El Vigía. Una vez que retorne a este País, deberá asistir a esta sede Judicial, el día VIERNES, VEINTISIETE (27) DE SEPTIEMBRE DE 2024. CÚMPLASE.-----------------------------
Entréguese por Secretaría copia debidamente certificada de la presente decisión a la parte interesada a los fines legales pertinentes. CÚMPLASE.--------------------------
CERTIFÍQUESE POR SECRETARIA, LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS DE LA SENTENCIA INSERTA EN EL PRESENTE EXPEDIENTE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 248 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, DEBIÉNDOSE INSERTAR AL PIE DE LA MISMA EL CONTENIDO DEL PRESENTE AUTO. CUMPLASE.------------------------------------------------------------------
LA JUEZA PROVISORIO
ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
ABG. FRANCISCO ALONSO LOPEZ PRATO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
EL SRIO
Exp LP51-J-2024-000181
AMMJ/Ramq
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juez del Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
El Vigía, doce de junio de dos mil veinticuatro
214º y 165 º
ASUNTO: LP51-J-2024-000181
SOLICITANTE: MINERVA COROMOTO NERI BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No V- 17.579.551.
ABOGADA: GERARDO ALFONSO GARCIA VIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 25.153.473, inpreabogado N° 302.066.
ADOLESCENTE: EDELIS VICTORIA NIÑO NERI, titular de la cédula de identidad N° V- 31.911.469, pasaporte N° 185748542, nacida en fecha 01/01/2007. De diecisiete (17) años de edad.
MOTIVO: AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (ESPAÑA).
NARRATIVA
Se recibió solicitud el día veinticinco (25) de abril del año dos mil veinticuatro (2024), consignada ante la Unidad de Recepción y Distribución de documentos del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, sede El Vigía; suscrita por la ciudadana: MINERVA COROMOTO NERI BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No V- 17.579.551 actuando en representación de su hija EDELIS VICTORIA NIÑO NERI, titular de la cédula de identidad N° V- 31.911.469, pasaporte N° 185748542, nacida en fecha 01/01/2007. De diecisiete (17) años de edad. Debidamente asistida por el Abogado: GERARDO ALFONSO GARCIA VIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 25.153.473, inpreabogado N° 302.066. Se le asigno al Expediente el número de orden, LP51-J-2024-000181; Motivo. Autorización Judicial para Viajar al Exterior (España). Se admitió el día 09/05/2024, se ordenó librar Boleta de notificación a la fiscal y al ciudadano GERALD JAVIER NIÑO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.595.582, domiciliado en España, quien es progenitor de la adolescente de autos; libradas las boletas de notificación, la secretaria certifico la misma y se fijo audiencia para que comparecieran las partes para el día 04/06/2024 a la 11:00 am.
Siendo el día y la hora pautada para llevarse a cabo la audiencia de Jurisdicción Voluntaria, se deja constancia que se anunció el acto a las puertas del Tribunal. Haciendo acto de presencia compareció la ciudadana MINERVA COROMOTO NERI BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No V- 17.579.551 actuando en representación de su hija EDELIS VICTORIA NIÑO NERI, titular de la cédula de identidad N° V- 31.911.469, pasaporte N° 185748542, nacida en fecha 01/01/2007. De diecisiete (17) años de edad. Debidamente asistida por el Abogado: GERARDO ALFONSO GARCIA VIVAS, titular de la cédula de identidad N° V- 25.153.473, inpreabogado N° 302.066.. La progenitora ratifico la solicitud y expuso el itinerario de viaje; asimismo se contactó mediante video llamada al progenitor, quien expuso que está de acuerdo con la solicitud.-----
PARTE MOTIVA
Consignando como medios de prueba:
1.-Copia Certificada del acta de Nacimiento de la Adolescente.
2.- Copia fotostática simple del pasaporte de la adolescente.
3.- Copia fotostática simple de la cédula de identidad de los progenitores.
4.- Certificado Individual de Padrón Municipal de Habitantes
6.- Itinerario de Viaje.
PARTE DISPOSITIVA
Del análisis de las pruebas documentales que anteceden y de lo manifestado por la solicitante, aunado a lo señalado por el progenitor, a través de video llamada, se evidencia que la solicitud reúne los requisitos de Ley, pues con la misma se les están protegiendo los derechos y garantías establecidos tanto en nuestra Ley Orgánica de Protección de Niños Niñas y Adolescentes como lo establecido en la Convención del Niño. EN CONSECUENCIA, en aras de garantizarle los derechos antes señalados y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: SE LE CONCEDE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (ESPAÑA), a la adolescente: EDELIS VICTORIA NIÑO NERI, titular de la cédula de identidad N° V- 31.911.469, pasaporte N° 185748542, nacida en fecha 01/01/2007. De diecisiete (17) años de edad, en compañía de su progenitora la ciudadana MINERVA COROMOTO NERI BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No V- 17.579.551 quien la acompañara hasta la ciudad de Caracas, posteriormente será acompañada por una azafata designada por la Aerolínea. El itinerario de viaje es el siguiente: fecha de salida el día 16/06/2024, vía aérea desde el Aeropuerto Juan Pablo Pérez Alfonso de la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, hasta el Aeropuerto Simón Bolívar ubicado en Maiquetía, estado de la Guaira, con la línea aérea Conviasa en el vuelo V0 081 R. Posteriormente en fecha 17/06/2024, viajara la adolescente en compañía de una Azafata designada por la Aerolínea Iberia, desde el aeropuerto Internacional Simón Bolívar, Caracas La Guaira, mediante la Aerolínea IBERIA en el vuelo IB6674 a las 17:05 hrs con llegada el día 18/06/2024 al Aeropuerto Internacional Adolfo Suarez Baraja de Madrid- España a las 07:50 hrs, donde será recibida por su progenitor el ciudadano GERALD JAVIER NIÑO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.595.582. Retornando en fecha 09/09/2024 desde el Aeropuerto Internacional Adolfo Suarez Barajas de Madrid España, con la aerolínea IBERIA en el vuelo IB6673 a las 11:58 hrs con destino al aeropuerto Internacional Simón Bolívar a las 15:10 hrs donde será recibida por su progenitora la ciudadana MINERVA COROMOTO NERI BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No V- 17.579.551. Luego vía terrestre desde Maiquetía hasta la ciudad de El Vigía. Una vez que retorne a este País, deberá asistir a esta sede Judicial, el día VIERNES, VEINTISIETE (27) DE SEPTIEMBRE DE 2024. CÚMPLASE.-----------------------------
Entréguese por Secretaría copia debidamente certificada de la presente decisión a la parte interesada a los fines legales pertinentes. CÚMPLASE.--------------------------
CERTIFÍQUESE POR SECRETARIA, LAS COPIAS FOTOSTÁTICAS DE LA SENTENCIA INSERTA EN EL PRESENTE EXPEDIENTE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 248 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, DEBIÉNDOSE INSERTAR AL PIE DE LA MISMA EL CONTENIDO DEL PRESENTE AUTO. CUMPLASE.------------------------------------------------------------------
LA JUEZA PROVISORIO
ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
ABG. FRANCISCO ALONSO LOPEZ PRATO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
EL SRIO
Exp LP51-J-2024-000181
AMMJ/Ramq
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