REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO EN FUNCIÓN DE CONTROL MUNICIPAL. SEDE MÉRIDA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Municipal en funciones de Control Nº 03
del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida
Mérida, 19 de Junio de 2024
213° y 163°
ASUNTO: LP01-S-2023-000812
AUTO DECRETANDO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR CUMPLIMIENTO DE LA
SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO PARA DELITOS MENOS GRAVES
Visto que cursa inserto en la causa, el informe de cumplimiento de la labor social impuesta al ciudadano YOHEL PAUL BARRIOS CALDERON, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.655.629, por la comisión del delito de ULTRAJE A FUNCIONARIO, previsto y sancionado en el artículo 222 numeral 2 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano Jehyson Guzmán; el Tribunal observa lo siguiente:
Primero: En fecha 06 de diciembre de 2024, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control Municipal del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, le otorgó al ciudadano YOHEL PAUL BARRIOS CALDERON, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.655.629, la medida alternativa de Suspensión Condicional del Proceso, conforme a lo establecido en el artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal, relacionado a los delitos menos graves, debiendo aceptar el agravio público causado y ofreciendo una disculpa a la víctima en el presente asunto penal, siendo el Gobernador del Estado Bolivariano de Mérida, así mismo se acordó la prohibición expresa de realizar publicaciones en medios de comunicación social y redes sociales, ni por sí mismo ni por terceras personas en referencia al presente asunto penal, ni en contra del gobernador del Estado, ni la primera dama del Estado y su familia
Segundo: Obra en el expediente, a los folios 10 al 12 de fecha 08/12/2023; acta en la cual consta celebración de audiencia de Imputación en la cual se acordó una de las Fórmulas Alternativas de Prosecución del Proceso, específicamente la Suspensión Condicional del Proceso, en este sentido, verificándose de las actuaciones que el procesado ya cumplió con las condiciones impuestas.
De lo anteriormente expuesto y de la revisión de las actuaciones deduce esta Juzgadora, que en el presente caso el YOHEL PAUL BARRIOS CALDERON, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.655.629, cumplió con las condiciones señaladas por el Tribunal. Por lo que se extingue la acción penal de conformidad a lo ordenado en el artículo 49 numeral 7º del Código Orgánico Procesal Penal y se decreta el consecuente sobreseimiento de la causa, conforme a lo establecido en el artículo 361 ejusdem y ASÍ SE DECLARA.
DECISIÓN
Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control Municipal, del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano YOHEL PAUL BARRIOS CALDERON, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.655.629, por la comisión del delito ULTRAJE A FUNCIONARIO, previsto y sancionado en el artículo 222 numeral 2 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano Jehyson Guzmán; por extinción de la Acción Penal tal como lo prevé el artículo 49 ordinal 7° ejusdem. El sobreseimiento aquí decretado tiene autoridad de cosa juzgada e impide toda nueva persecución penal en contra del imputado por los mismos hechos, sin imposición de medida de coerción personal alguna, conforme a lo previsto a los artículos 301 del Código Orgánico Procesal Penal y 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASÍ SE DECIDE.
Se deja expresa constancia que este Tribunal respetó los derechos y garantías constitucionales, así como los tratados, acuerdos y convenios internacionales suscritos por la República Bolivariana de Venezuela en materia de los derechos humanos y otros a favor de las partes. Notifíquese a las partes. Una vez firme la presente decisión, se ordena remitir al archivo judicial para su guarda y custodia.
Diarícese, publíquese y regístrese la presente decisión.
Jueza Tercera de Primera Instancia en funciones de Control Municipal
Abg. Johanna Nieto Castillo
El Secretario Judicial
Abg. Víctor Corrales