REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN EL VIGIA.

En su nombre
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA
El Vigía, 10 de Junio de 2024
213°, 165° y 24°

ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2019-001181
ASUNTO: LP11-P-2019-001181

AUTO DE COMPUTO ACTUALIZADO

Visto que se requiere determinar la pena que lleva cumplida el penado JHON OBER MARTINEZ GONZALEZ titular de la cédula de identidad V-28.346.064, este Tribunal pasa a dictar de oficio CÓMPUTO ACTUALIZADO DE PENA en los términos que a continuación se expresan:

Que el penado JHON OBER MARTINEZ GONZALEZ titular de la cédula de identidad V-28.346.064, natural de Tucani, Estado Mérida, nacido en fecha 15/11/1999, residenciado en el sector Edecio la Riva, calle principal, casa Nº 16, Parroquia Tucani, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo, Estado Mérida, en la que fue condenado a cumplir la pena de Once (11) años y seis (06) meses de prisión, más las accesorias de Ley establecidas en el artículo 16.1 del Código Penal, por la comisión deldelito de ABUSO SEXUAL A NIÑO CON PENETRACION ANAL CONTINUADO, previsto y sancionado en el artículo 259 en su primer aparte, con la agravante establecida en el articulo 217 ambos de la Ley Organica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Así, al actualizar el cómputo de pena, conforme al artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, corrigiendo cualquier error u omisión cometido en cómputos anteriores, se tiene que el penado JHON OBER MARTINEZ GONZALEZ, fue detenido en fecha 31/10/2019 hasta la presente fecha 10/06/2024,en que se realiza el presente cómputo, ha transcurrido un lapso de CUATRO (04) AÑOS, SIETE (07) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION, que se le computan como pena cumplida sin redención, y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, le falta por cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTE (20) DIAS DE PRISION, finalizando aproximadamente el 30/04/2031. Igualmente, deberá cumplir con las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal. Queda así actualizado y corregido el cómputo de pena.

De conformidad con la Sentencia N° 91/2017 de fecha 05 de Marzo del 2017 dictada por la Sala Constitucional con carácter vinculante, no proceden fórmulas alternativas de cumplimiento de pena ya que el hecho punible cometido se considera atroz y figura una violación sistemática de los hechos humanos.



DISPOSITIVA
En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY,de conformidad con los artículos 471 numeral 1, 474 y 488 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara que el penado JHON OBER MARTINEZ GONZALEZ titular de la cédula de identidad V-28.346.064, tiene hasta la presente fecha un total de CUATRO (04) AÑOS, SIETE (07) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION, que se le computan como pena cumplida sin redención, y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, le falta por cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y VEINTE (20) DIAS DE PRISION, finalizando aproximadamente el 30/04/2031.Queda así actualizado y corregido el cómputo de pena. Así se declara.

SEGUNDO: De conformidad con la Sentencia N° 91/2017 de fecha 05 de Marzo del 2017 dictada por la Sala Constitucional con carácter vinculante, no proceden fórmulas alternativas de cumplimiento de pena ya que el hecho punible cometido se considera atroz y figura una violación sistemática de los hechos humanos.


CUARTO: Notifíquese a la Fiscalía Vigésima Segunda del Ministerio Público y a la Defensa. Cúmplase.


Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en fecha 10 de Junio de Dos Mil Veinticuatro. Regístrese, publíquese y certifíquese por secretaría copia de la presente Decisión. Cúmplase. -



JUEZA PRIMERA DE EJECUCIÓN


ABG. MAILES ROSANGELA MARTINEZ PARRA

SECRETARIA,


ABG. MARIA DELMIRA MOGOLLON

En fecha: _________________ se cumplió con lo ordenado y se libró Boleta de Notificación N° ______________ y Oficios No. ________________
Conste/Sria.