REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN EL VIGIA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





En su nombre
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL N° 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA. EXTENSION EL VIGIA
El Vigía, 06de marzo de 2024
212°, 163° y 23°

ASUNTO: L P11-P-2024-000002

AUTO FUNDADO PARA ACORDAR EL CAMBIO DE LUGAR DE RECLUSIÓN DEL ACUSADO

Por cuanto en el día de hoy se encontraba fijada la audiencia preliminar del imputadoYORMAN GREGORIO PARRA PEÑA, venezolano, titular de la cédula de Identidad V.-26.630.154, natural de Tucani, nacido en fecha 23-12-1996, de 27 años de edad, soltero, Ocupación: obrero, grado de sexto grado de primaria, hijo de María Iraida Parra, (v) y de Orlando Davila (v), residenciado en el sector Edecio La Riva, calle Principal, casa S/N, calle principal, casa de color blanca con rejas de color negro, teléfono no posee.Por la presunta comisión como AUTOR del delito de: HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numerales 3,4, y 6 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana Yessenia del Carmen Peña Camarillopresentes: La Fiscal sexta del Ministerio Público, Abg. Elda Contreras, La Defensora Privada Abg. YAsmin Méndez, y elYORMAN GREGORIO PARRA PEÑA.Apertura del Acto. Consecutivamente, la ciudadana Jueza, verificada como fue la presencia de las partes, procedió a dar apertura al Acto, informando el motivo del mismo, otorgándole el derecho de palabraa la Defensora Publica quien expuso: ciudadana juez solicito se fije nueva fecha para la audiencia por cuanto la víctima no fue debidamente notificada y previa conversación con mi defendido el mismo me manifiesta que quiere realizar un acuerdo reparatorio a la víctima y se necesita la presencia de ella para ver si está de acuerdo, así mismo esta defensa solicita a este tribunal se le acuerde una medida menos gravosa a mi defendido como las contempladas en el artículo 242.3 del código orgánico procesal penal. Es todo. De seguida se le concede el derecho de palabra a la Fiscal del Ministerio Público quien manifestó entre otras cosas lo siguiente: “esta representación fiscal no hace ninguna oposición a lo solicitado por la Defensa Publica. Es todo. En consecuencia considera esta Juzgadora que lo solicitado por la Defensa de autos se encuentra ajustado a derecho, por todo lo expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,con apego a lo dispuesto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA PRIMERO: Se acuerda para el Imputado YORMAN GREGORIO PARRA PEÑA Medida Cautelar, Sustitutivas prevista en el artículo 242 numeral 3 del COPP, consistente en presentaciones periódicas cada treinta (30) días por ante el cuerpo de alguacilazgo de esta sede judicial. En consecuencia, líbrese la correspondiente boleta de libertad dirigida al órgano aprehensor. Así mismo se fundamenta la presente decisión en aras de preservar el derecho a la vida, tutelados en los artículos 43, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. con apego a lo dispuesto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, ASI SE DECIDE. Líbrense la correspondiente Boleta de traslado para la imposición de la decisión. Y ASÍ SE DECLARA.-


CUARTO: Notifíquese a laVÍCTIMA de la presente decisión y de la audiencia preliminar para el día cuatro (04) de abril del dos mil veinticuatro 2024.CÚMPLASE. –

JUEZA TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
ABG. YULY COROMOTO DURAN GUTIERREZ

SECRETARIO
ABG. MARIELA SANCHEZ
En fecha _____________________, se cumplió con lo arriba ordenado, según _____________________________________
_____________________________________________. Secretaria Judicial.-