REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIÓN DE CONTROL MUNICIPAL. SEDE VIGIA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo Penal de Primera Instancia Municipal en funciones de Control Estado Mérida, Extensión El Vigía
El Vigía, 07 de noviembre de 2024

CASO PRINCIPAL : LP11-P-2021-000082

SOBRESEIMIENTO POR CUMPLIMIENTO DE SUSPENSIÓN
CONDICIONAL DEL PROCESO

Corresponde a este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 361 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, emitir pronunciamiento por cuanto finalizó el régimen de prueba en la presente causa, en consecuencia; este Tribunal de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procede a decidir en los siguientes términos:

Se procedió a verificar que en Audiencia de presentación de imputado efectuada en fecha 13 de febrero de 2021, donde le fue acordada la Suspensión Condicional del Proceso, por el lapso de tres meses, a : HERNAN ANTONIO MOLINA MARQUEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-28.657.550, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 01-08-2003, de 18 años de edad, soltero, de ocupación comerciante, grado de instrucción; tercer año secundaria, hijo de Evelin Molina ( v) y Jose Marquez( f) residenciado La Playita, secto9r II, cerca del parque La Guacamaya, , Parroquia Rómulo Gallegos, Municipio Alberto Adriani, estado Mérida “ por la presunta comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTES DEL ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y SANCIONADO EN EL ARTICULO 9 DE LA LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTO, en perjuicio de la ciudadana: Beatriz Adriana Farías Saracaba, por los hechos ocurridos en fecha 11 de febrero del 2021, … fue apresado cuando funcionarios antes nombrados , atribuye al imputado los hechos que constan en acta policial de fecha,11-02-2021, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, Dirección de Inteligencia y Estrategias, Base Territorial Mérida –El Vigía , cuando en apoyo a la ZODI-MERIDA, PARA HACER CUMPLIR EL DECRETO DE ESTADO DE EXCEPCION POR EL Ejecutivo Nacional y operación contra el covid-19, … siendo las 21 horas de la noche, específicamente en el sector La Playita, … lograron observar que en la calle principal la conquista , diagonal al parque la Guacamaya, en la parte de afuera de la cancha habían un grupo de personas, a las que … se les pidió la documentación de los ciudadanos y de los vehículos tipo moto que allí se encontraban, , donde al pedirle los documentos al ciudadano: HERNAN ANTONIO MOLINA MARQUEZ, CEDULA DE IDENTIDAD V-28.657.550, de 18 años de edad, el cual indico que la moto, marca BERA, modelo BR-150, placa AB8K47U, serial de carrocería 8211MBCA3DD015150, de color gris plata, no poseía ningún tipo de documento, donde procedieron a ser verificada por el sistema SIIPOL, … y les indicaron que dicho vehículo se encontraba solicitado según número de expediente: K-16-0230-00339,…, y advirtiéndole al ciudadano que apartir de la presente fecha y hora quedaría detenido por estar incurso en un delito de las ley sobre el hurto y robo de vehiculo automotores

En este sentido, tomando en cuenta que hasta el día de hoy, ha transcurrido suficientemente el lapso por el cual fue suspendido el presente proceso y visto que la procesada cumplió con las condiciones que le fueron impuestas, tal y como se desprende del aval suscrito por la Coordinación del Circuito Judicial Penal de El Vigía, donde manifiesta que el ciudadano: EDERWIN JESUS CUEVAS SEGOVIA , cumplió con la labor impuesta , es por lo que resulta procedente declarar el Sobreseimiento de la presente causa por Extinción de la Acción penal conforme lo pauta el Artículo 300 numeral 3 en concordancia con el artículo 361 del Código Orgánico Procesal Penal.

DISPOSITIVA

Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Municipal en Función Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide; PRIMERO: DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL SEGÚN LO DISPONE EL ART. 49.7 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL Y EN CONSECUENCIA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 300, ORDINAL 3 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida contra del ciudadano: HERNAN ANTONIO MOLINA MARQUEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-28.657.550, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 01-08-2003, de 18 años de edad, soltero, de ocupación comerciante, grado de instrucción; tercer año secundaria, hijo de Evelin Molina ( v) y Jose Marquez( f) residenciado La Playita, secto9r II, cerca del parque La Guacamaya, , Parroquia Rómulo Gallegos, Municipio Alberto Adriani, estado Mérida “ por la presunta comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTES DEL ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y SANCIONADO EN EL ARTICULO 9 DE LA LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTO, en perjuicio de la ciudadana: Beatriz Adriana Farías Saracaba. SEGUNDO: Notifíquese las partes, si no es posible personalmente, notificar según lo dispone el art. 165 del C.O.P.P., de la presente decisión. TERCERO: Una vez firme la presente decisión se acuerda remitir las actuaciones al Archivo del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida Extensión El Vigía. Cúmplase.

JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL MUNICIPAL

WUILIAN ANTONIO FERNANDEZ GALVIS

SECRETARIA / MILEYDIS MARGARITA HERNANDEZ PINO
En fecha _________________ se cumplió con lo ordenado se Nº __________________ Conste, /mmhp