REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ocho de octubre del año dos mil veinticuatro.-

214º y l65º

Vistas las pruebas promovidas mediante diligencia de fecha 30 de septiembre del año 2024, que obra al folio 97, suscrito por la abogado MARIA DIANORA PRIETO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 72.240, actuando con el carácter de Apoderada judicial de la co-demandada de autos ciudadana YUSNEIDI DEL VALLE TRIBIÑO TREJO mediante la cual, consignó escrito de promoción de pruebas, que obra al folio del 103, junto con los anexos consignados que rielan del folio 104 al 111 del presente cuaderno separado de tercería. En cuanto a las PRUEBAS DOCUMENTALES: de los anexos marcados con la letra “A” se ADMITEN dichas pruebas, por ser legales, pertinentes y conducentes, cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la sentencia que hubiere de dictarse en el presente expediente.

EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. CARLOS ARTURO CALDERÓN GONZÁLEZ.
LA SECRETARIA TITULAR,


ABG. GIANNA ARIANNA PIVA CARDENAS.


CACG/GAPC/cagf.-