REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA PODER JUDICIAL Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes El Vigía, Quince de Octubre de Dos Mil Veinticuatro 214º y 165 º ASUNTO: LP51-H-2024-000202 VISTO.- El convenimiento suscrito por los ciudadanos ELBERTH ALBERTO RIVAS MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-22.988.991 y GERALDIN OTILIA CONTRERAS VIELMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-27.533.246, Pasaporte N° 183585671, debidamente asistidos por la Defensora Publica Cuarta Abogada JEHNNY MOLINA GALINDEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 10.905.540, Inpreabogado N° 72.232. Quienes conciliaron en Reglamentar LA HOMOLOGACION DE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTERIOR (ESPAÑA), en beneficio del niño: EIBERTH ANDRES RIVAS CONTRERAS, Pasaporte N° 183591939, nacido en fecha 14/10/2022, de dos (02) años de edad, quien viajara con su progenitora la ciudadana GERALDIN OTILIA CONTRERAS VIELMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-27.533.246, Pasaporte N° 183585671. Con el siguiente itinerario de viaje: en fecha 28 de octubre de 2024, viajara vía terrestre en compañía de sus dos padres desde la población de la Azulita, Municipio Andrés Bello, Estado Mérida hasta la ciudad de Cúcuta, República de Colombia. Posteriormente en fecha 29 de octubre de 2024 saldrán desde el Aeropuerto Camilo Daza, ubicado en la ciudad de Cúcuta, República de Colombia, en el vuelo N° UX194 hasta el Aeropuerto Adolfo Suarez Barajas, ubicado en la ciudad de Madrid, España. Posteriormente viajaran en fecha 31 de octubre de 2024 desde el Aeropuerto Adolfo Suarez Barajas, ubicado en la ciudad de Madrid, España en el vuelo N° UX7159 hasta el Aeropuerto de la ciudad de Bilbao, España. Posteriormente retornaran en fecha 10 de noviembre de 2024, desde el Aeropuerto de Bilbao, España hasta el Aeropuerto Adolfo Suarez Barajas de la ciudad de Madrid, en el vuelo N° UX7156. Luego el mismo día viajaran desde el Aeropuerto Adolfo Suarez Barajas de Madrid, España al Aeropuerto El Dorado, ubicado en la ciudad de Bogotá, República de Colombia con la Aerolínea Air Europa, en el vuelo N° UX193. Desde allí retornaran vía terrestre en una línea de transporte público hasta la ciudad de Cúcuta, República de Colombia y luego desde Cúcuta hasta la ciudad de El Vigía, República Bolivariana de Venezuela. El progenitor ELBERTH ALBERTO RIVAS MARQUEZ, antes identificado da su aprobación para que su hijo pueda viajar fuera del país en compañía de su madre la ciudadana GERALDIN OTILIA CONTRERAS VIELMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-27.533.246, Pasaporte N° 183585671. Todo esto conforme en aras de garantizarle el derecho al libre tránsito y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia al niño: EIBERTH ANDRES RIVAS CONTRERAS, Pasaporte N° 183591939, nacido en fecha 14/10/2022, de dos (02) años de edad. En consecuencia éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 385 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos: ELBERTH ALBERTO RIVAS MARQUEZ y GERALDIN OTILIA CONTRERAS VIELMA antes identificados; y en consecuencia, en aras de garantizarle el derecho al libre y en aplicación de los artículos 8, 4 y 39 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. La ciudadana GERALDIN OTILIA CONTRERAS VIELMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-27.533.246, Pasaporte N° 183585671, queda PLENAMENTE AUTORIZADA para viajar fuera del país, específicamente a ESPAÑA con el niño: EIBERTH ANDRES RIVAS CONTRERAS, Pasaporte N° 183591939, nacido en fecha 14/10/2022, de dos (02) años de edad, en virtud de la aprobación de su progenitor el ciudadano ELBERTH ALBERTO RIVAS MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-22.988.991.Una vez que retorne a este País, deberá asistir a esta sede Judicial, el día MIERCOLES,VEINTE (20) DE NOVIEMBRE DE 2024. Certificada como queda la presente sentencia, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, ordenándose publicar, registrar, y asentar en el índice del copiador de sentencias los datos del presente fallo. ASÍ SE DECIDE.------------ CÓPIESE Y PUBLÍQUESE, DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA. En la ciudad de El Vigía, a los Quince (15) días del mes de Octubre dos mil veinticuatro (2024) Años 214º de la Independencia y 165º de la Federación.-------LA JUEZPROVISORIO ABG. ALIX MILENA MARQUEZ JAIMES EL SECRETARIO ACCIDENTAL ABG. FRANCISCO ALONSO LOPEZ PRATO. En la misma fecha se cumplió lo ordenado. EL SRIO.
EXP LP51-H-2024-000202
AMMJ/Csvm.-
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