REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.
VISTOS SUS ANTECEDENTES:
La presente solicitud se inició por escrito presentada por ante el Tribunal Quinto de estos mismos Municipios, como Distribuidor, correspondió conocer a este Tribunal por aplicación del sorteo de ley, en fecha 14-07-24, por los ciudadanos CARMEN ROSA CONTRERAS DE BARRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.346.229, domiciliada en el Sector La Pedregosa, Urbanización Don Alberto, Calle Las Acacias, N° P-2, Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábil, actuando en su propio nombre y representación de sus hermanos, según lo establecido en el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, los ciudadanos CARLOS EMIRO CONTRERAS RAMIREZ, GERAIMA JOSEFINA CONTRERAS DE MONAGAS , JESUS MANUEL CONTRERAS RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, el primero soltero y los otros dos de estado civil casados, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-4.472.924, V-3.004.480 y V-4.472.558, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Caracas, Distrito Capital y ALVIS ELENA CONTRERAS DE SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-3.193.011. domiciliada en la Ciudad de San Juan de Colon, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, y civilmente hábiles, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio MARUEN BERNABELY QUINTERO NAVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-13.283.752, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 193.843, con domicilio procesal en la Urbanización Carabobo, Vereda 26, casa N° 04, Parroquia Rómulo Betancourt, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida. Quienes solicitan a este Tribunal se les declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante JOSEFA DEL CARMEN RAMIREZ DE CONTRERAS; previa declaración de las testigos ENEIDA RONDON CARRERO y BIANY COROMOTO GARCIA ROSALES, venezolanas, mayor de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-9.394.087 y V-9.202.038, domiciliados la primera en el Sector La Pedregosa, Urbanización Don Alberto, Calle Las Acacias, N° A-29, Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida y la segunda en el Sector La Pedregosa, Sector 12 de Marzo, Vereda La Chinita, N° 0-71, Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida.
Obran en Autos los siguientes elementos probatorios:
1) Copias fotostáticas certificada del acta de defunción de la causante JOSEFA DEL CARMEN RAMIREZ DE CONTRERAS. (Folio 02 Y 03).
2) Copia fotostática de la cédula de identidad de la causante JOSEFA DEL CARMEN RAMIREZ DE CONTRERAS. (Folio 05).
3) Copia certificada de partida de nacimiento de la solicitante CARMEN ROSA CONTRERAS DE BARRERA. ( F 05)
4) Copia fotostática de la cédula de identidad de la solicitante ciudadana CARMEN ROSA CONTRERAS DE BARRERA. (F 06).
5) Copias certificadas de partida de nacimiento del solicitante ciudadano CARLOS EMIRO CONTRERAS RAMIREZ. (F 07 y 08).
6) Copia fotostática de la cédula de identidad del solicitante ciudadano CARLOS EMIRO CONTRERAS RAMIREZ. (F 09).
7) Original de partida de nacimiento de la solicitante ciudadana GERAIMA JOSEFINA CONTRERAS DE MONAGAS. ( F 10)
8) Copia fotostática de la cédula de identidad de la solicitante ciudadana GERAIMA JOSEFINA CONTRERAS DE MONAGAS. (F 11).
9) Copias certificadas de partida de nacimiento del solicitante ciudadano JESUS MANUEL CONTRERAS RAMIREZ. (F 12 y 13).
10) Copia fotostática de la cédula de identidad del solicitante ciudadano JESUS MANUEL CONTRERAS RAMIREZ. (F 14).
11) Copias certificadas de partida de nacimiento de la solicitante ciudadana ALVIS ELENA CONTRERAS DE SANCHEZ. (F 15 y 16).
12) Copia fotostática de la cédula de identidad de la solicitante ciudadana ALVIS ELENA CONTRERAS DE SANCHEZ. (F 14).
Por auto de fecha 18-07-2024 (folio 20), el tribunal le dio entrada y el curso de ley, y acordó fijar día y hora para la declaración de los testigos una vez que el solicitante suministrara e identificara los datos de los testigos. En fecha 01-10-2024, este Tribunal previo abocamiento de la Juez Provisoria acordó fijar para la fecha 10-10-2024, a las 9:00 a.m, 9:30 a.m, para la declaración de las testigos que oportunamente presentaron en la oportunidad fijada, lo que consta de las Actas que rielan a los folios 38 y 39 de las presentes actuaciones, contentivas de las declaraciones de las mencionadas testigas ciudadanas ENEIDA RONDON CARRERO y BIANY COROMOTO GARCIA ROSALES, ya Identificadas, quienes en la oportunidad legal señalada por el Tribunal, rindieron el testimonio que aparece formulado en la solicitud, siendo coincidentes en afirmar que sí conocen de vita trato y comunicación y que no les une ningún vinculo de familiarización; que sí la conocieron desde hace mucho tiempo y que no las unió ningún vinculo de familiarización; que sí les consta que son los únicos y universal herederos de la causante JOSEFA DEL CARMEN RAMIREZ DE CONTRERAS.
En consideración de los elementos de autos y por cuanto no ha habido oposición de terceros, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello y Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA las presentes actuaciones “TITULO SUFICIENTE Y BASTANTE PARA PERPETUA MEMORIA”, y declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante JOSEFA DEL CARMEN RAMIREZ DE CONTRERAS, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 3.293.862, quien falleció ab-intestato el día 14 de abril de 1993, tal como se evidencia en Acta de Defunción N° 02, emitida por el Registro Civil de Hernández, Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, a los ciudadanos CARMEN ROSA CONTRERAS DE BARRERA, CARLOS EMIRO CONTRERAS RAMIREZ, GERAIMA JOSEFINA CONTRERAS DE MONAGAS, JESUS MANUEL CONTRERAS RAMIREZ y ALVIS ELENA CONTRERAS DE SANCHEZ ,venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 5.346.229, V-4.472.924, V-3.004.482, V-4.472.558 y V- 3.193.011, en la condición de legítimos hijos de la causante JOSEFA DEL CARMEN RAMIREZ DE CONTRERAS. Quedando a salvo en todo caso los derechos a terceros.
ASÍ SE DECIDE.
DÉJESE COPIA DE LA DECISIÓN Y DEVUÉLVASE LOS ORIGINALES DE LA ACTUACIONES A LOS INTERESADOS.
DADO, FIRMADO Y SELLADO EN LA SALA DE DESPACHO DEL TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DELESTADO MÉRIDA. El Vigía, a los catorce días del mes de octubre de dos mil veinticuatro. Años: 214° de la Independencia y 165° de la Federación.
ABG. GREIS KELYS ARRIETA MANOSALVA
LA JUEZ PROVISORIO.
ABG.LAUDYS KARINA URDANETA FERNANDEZ.
SECRETARIA
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