REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN EL VIGIA.
En su nombre
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA.EXTENSION EL VIGIA
El Vigía, 04 de Octubre de 2024
214°, 165° y 24°
ASUNTO: LP11-P-2014-004568
Quien suscribe, ABG. YULY COROMOTO DURAN GUTIERREZ, En virtud de haber sido designada como Jueza Provisoria del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, Extensión El Vigía, por el Presidente de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, Magistrado Maikel José Moreno, según oficio TSJ-CJ-Nº 0998-2021, de fecha 01 de Octubre de dos mil veintiuno, me aboco al conocimiento de la presente causa. En acatamiento de la Resolución Nº 012-2021 de fecha 13/09/2021, suscrita por la Dra. Carla Gardenia Araque de Carrero Jueza Presidenta del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida. Vista la solicitud de él (a) ciudadano (a) ABG. ABG EDUIN DANIEL VILLASMIL, Fiscal Provisorio Sexto del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, mediante la cual se solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de PERSONA POR IDENTIFICAR de conformidad con lo establecido en el Artículo 300 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal a los fines de decidir de conformidad con lo establecido en el artículo 306 del Código Orgánico Procesal Penal, previamente observa que en autos cursan las actuaciones:
DE LOS HECHOS:
En fecha 19-10-2009 se dio inicio a la presente investigación, acta de investigación policial suscrita por funcionaros adscritos a la Guardia Nacional Puesto Vial Zea, estado Medida, quienes encontrándose, en el puesto vial ordenaron estacionar a la derecha un vehículo, procediendo a verificar la parte del maletero, donde se observo unas bolsas de plástico y un bolso color azul, los cuales portaban la siguiente mercancía, diferentes pares de sandalias marca Azalea, de diferentes tallas, colres y diseños…es Todo”.
RAZONAMIENTO DE HECHO Y DE DERECHO
Por su parte el Representante del Ministerio Público como único legitimado por nuestra norma adjetiva para ejercer la acción penal en los delitos de acción pública, solicita el sobreseimiento de la presente causa en razón de considerar que ha operado la prescripción de la acción, conforme a lo establecido en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. En tal sentido, es de observar que la presente causa se prosiguió por la comisión del delito de CONTRABANDO, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando y como quiera que el artículo 109 del Código Penal, establece que para los hechos punibles consumados la prescripción comenzará a computarse desde el día de la perpetración, por lo que efectivamente ha operado la prescripción de la acción, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 Ordinal 4º del Código Penal. En consecuencia lo más procedente y ajustado a derecho es decretar el Sobreseimiento de la causa tal como lo ha solicitado el Representante del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECLARA.-
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL N°03 DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGIA, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de PERSONA POR IDENTIFICAR de conformidad con lo establecido en el artículo 300, ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECLARA.-
Publíquese, regístrese, diarícese y notifíquese a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 163 único aparte del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 165 Ejusdem.
JUEZA TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
ABG. YULY COROMOTO DURAN GUTIERREZ
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo acordado en la presente decisión.
SECRETARIO (A)
ABG. YRLEM HERNANDEZ
En fecha __________________ se cumplió con lo arriba ordenado, según___
______________________________________ Secretario Judicial.