REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN EL VIGIA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
En su nombre
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA- EXTENSION EL VIGIA.
El Vigía, 01 de octubre de 2023
212°, 163° y 23°
ASUNTO: LP11-P-2024-000524
ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2024-000524
RESOLUCIÓN ORDENANDO REMISIÓN DEL ASUNTO PARA ACUMULACIÓN
Revisadas como han sido las presentes actuaciones en las que se sigue el asunto al IDEL KENNI LINARES BRAVO, plenamente identificado en autos, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano JESUS ALBERTO HERRERA BARON, y siendo que tal como se evidencia de la revisión del Sistema Automatizado Independencia, por notoriedad judicial se tiene que cursa asunto penal N° LP11-P-2022-000001, por ante el Tribunal Segundo de Juicio de esta Sede Judicial, seguido contra el acusado IDEL KENNI LINARES BRAVO; en consecuencia éste Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con apego en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículos 4, 5, 6, 73.4, 75 y 76 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA remitir el presente asunto Nº LP11-P-2024-000524 al Tribunal Segundo de Juicio de esta misma Extensión Judicial para que se proceda a la acumulación del mismo con el asunto Nº LP11-P-2022-000001, por cuanto el último de los indicados es el asunto en el que se ejecutó el primer acto de procedimiento. Así mismo, se ordena dejar sin efecto el auto de 30/09/2024, referido a la fijación de inicio de juicio. Se acuerda notificar a las partes, y oficiar lo conducente. -
Dada, firmada y sellada en la Ciudad de El Vigía, al primer día del mes de octubre de dos mil Veinticuatro. Años 212° de la Independencia, 163° de la Federación, y 23° de Revolución.
JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO N° 03
ABG. MARISELA TAYANARA HERNANDEZ GOMEZ
SECRETARIO
ABG. SILVIO JOEL MENDEZ FERREIRA
En fecha esta misma fecha, se cumplió con lo arriba ordenado, según boleta N° ______________, y oficio N° ___________________
const/sria.
: Por decisión de esta fecha se ACUERDA remitir el presente asunto Nº LP11-P-2024-000524 al Tribunal Segundo de Juicio de esta misma Extensión Judicial para que se proceda a la acumulación del mismo con el asunto Nº LP11-P-2022-000001, por cuanto el último de los indicados es el asunto en el que se ejecutó el primer acto de procedimiento. Se acuerda notificar a las partes. -