REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA.
En horas de despacho del día de hoy, viernes once (11) de Abril del año dos mil veinticinco (2025); siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 am), día fijado por este Tribunal por auto de fecha siete (07) de Abril de 2025, inserto al folio veintitrés (23) del expediente Nº 3488, para que tenga lugar la celebración de la AUDIENCIA TELEMÀTICA, en atención a lo dispuesto en los Artículos 2, 26, 49, 110, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 1, 2, 4 y 9 del Decreto con Fuerza de Ley, Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, en el juicio de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, intentada por la Abogada en ejercicio BELINDA COROMOTO RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-6.826.510, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 130.707, y jurídicamente hábil, apoderada Judicial de la ciudadana ALASCA MARGARITA PEÑA MANRIQUE venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-4.702.368; en contra del ciudadano FERNANDO LUIS VILLARROEL MANROY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-8.360.871, que se sustancia en el expediente signado con el N° 3488. Seguidamente, el Tribunal a través del número 0424-7258146, procedió a realizar la Audiencia Telemática a través de una video llamada al número 0426-5947423, aportado por la parte demandante, como número telefónico del demandado, ciudadano FERNANDO LUIS VILLARROEL MANROY, plenamente identificado en autos. Acto seguido, al número telefónico que se realizó la llamada contestó una persona que se identificó ante el Juez, la Secretaria y el Alguacil del Tribunal y señaló “Soy FERNANDO LUIS VILLARROEL MANROY, titular de la cédula de Identidad N° V.-8.360.871 y este es mi numero telefónico 0426-5647423, y una vez impuesto del motivo de la llamada respecto a una Demanda de Divorcio por Desafecto e Incompatibilidad de Caracteres que cursa por ante este Tribunal, el ciudadano Juez procedió a preguntar si estaba conteste con el Divorcio que por Desafecto incoara la ciudadana ALASCA MARGARITA PEÑA MANRIQUE y en voz clara señaló: “Expongo mi cédula de identidad ante la cámara del celular, para que sea verificada por el ciudadano Juez, y manifestó estoy conteste y me doy por citado del Divorcio incoado en mi contra, es todo”. Acto seguido, la suscrita Secretaria Accidental, certifica la identidad del ciudadano FERNANDO LUIS VILLARROEL MANROY, verificándose que su número de cédula es V.- 8.360.871. En este estado, el Juez ordena la impresión de la presente acta para que se consigne en el expediente y siendo las diez de la mañana (10:00 am) aproximadamente, el Juez da por terminada la presente Audiencia Telemática. Es todo, terminó se leyó y estando conformes firman, el Tribunal debidamente constituido.
EL JUEZ PROVISORIO
ABG. YORGI ALFONSO OVIEDO SOTO
APODERADA JUDICIAL
ABG. BELINDA COROMOTO RIVAS
EL ALGUACIL LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. YUMAYRA ANGULO ROJAS
LIC. JAVIER ALEXANDER LEON Q.
Exp. 3488