REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA.
En el día de hoy, miércoles, nueve (09) de abril de dos mil veinticinco (2025), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), previa habilitación y traslado de este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, para que tenga lugar la AUDIENCIA TELEMÁTICA, oportunidad fijada por este Tribunal en fecha siete (07) de abril de dos mil veinticinco 82025), folio 21, en el expediente civil signado bajo el N° 9109, cuya caratula entre otras especificaciones dice: DEMANDANTE (S): AVELLANEDA MORENO CARLOS EDUARDO. DEMANDADO (S): PUENTE SOSA MARÍA VIRGINIA. MOTIVO: DIVORCIO 185 CON SENTENCIA VINCULANTE N° 1070.- Se encuentran presentes en este acto los Abogados JORGE GREGORIO SALCEDO VIELMA y ARMANDO JOSÉ PEÑA, Juez y Secretario de este Tribunal, el Alguacil DIONNY SUAREZ, igualmente la Asistente del Tribunal LCDA. NORAH RIVAS. Se encuentra presente el ciudadano CARLOS EDUARDO AVELLANEDA MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.829.673 de este domicilio y civilmente hábil, parte demandante, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ALBEIRO D´JESÚS ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°9.474.235, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 103.999 de este domicilio y jurídicamente hábil. Previo Pregón de Ley del Alguacil de este Tribunal da inicio a la AUDIENCIA TELEMÁTICA. Este Tribunal deja constancia que la presente AUDIENCIA TELEMÁTICA se llevó a cabo a las diez de la mañana (10:00 a.m.) en el despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, por motivo que la Sala Telemática se encontraba ocupada, dicha audiencia, se realizó por medio de la plataforma WHATSAPP, desde el dispositivo: “Nombre del dispositivo: MOTOROLA. Modelo: Motog22, Dirección I. P. del dispositivo: 10.188.194.123, Número telefónico: +58 4125327063, al número telefónico: +1 832 613 2238. El Juez de este Tribunal ordena al Secretario indique el motivo del presente acto. Se hizo presente vía telemática la demandada en autos, ciudadana MARÍA VIRGINIA PUENTE SOSA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N°- 8.006.105, domiciliada en Texas, 314 Freeman, Boulevard Wes Columbia, Estado Unidos de América y civilmente hábil, quien presentó en pantalla su cédula de identidad, siendo debidamente identificada por el Alguacil de este Tribunal ciudadano DIONNY SUAREZ. La ciudadana MARÍA VIRGINIA PUENTE SOSA, antes identificada, manifestó estar de acuerdo con el procedo en curso y la presente demanda. Este Tribunal deja constancia que la parte demandada queda legalmente citada e igualmente se deja reseña fotográfica de la presente audiencia. Este Tribunal deja constancia que se respetaron todos los derechos y garantías constitucionales. Igualmente, este Tribunal deja constancia que no se cobró ninguna expensa o arancel judicial dada la gratuidad de justicia, siendo las DIEZ Y VEINTE MINUTOS DE LA MAÑANA (10:00 A.M.). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ
JORGE GREGORIO SALCEDO VIELMA
LA PARTE DEMANDANTE
CARLOS EDUARDO AVELLANEDA MORENO
EL ABOGADO ASISTENTE
ABG. ALBEIRO D´JESÚS ZERPA
LA PARTE DEMANDADA
MARÍA VIRGINIA PUENTE SOSA
(No Firma por cuanto se encuentra en audiencia telemática por medio de la plataforma WHATSAPPS)
LA ASISTENTE DEL TRIBUNAL
LCDA NORAH V RIVAS P.
EL ALGUACIL
DIONNY SUAREZ
EL SECRETARIO
ABG. ARMANDO JOSÉ PEÑA