REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

ESTAFA AGRAVADA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 numeral 1 del Código Penal, en concordancia con los artículos 77 numerales 1, 2, 4, 5, 6, 7, 9 y 99 ejusdem, APROPIACION INDEBIDA CALIFICADA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal en concordancia con el articulo 99 ejusdem, ACAPARAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 52 de la Ley Orgánica de Precios Justos y CONDICIONAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 56 de la Ley Orgánica de Precios Justos.