REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA.

En horas de despacho del día de hoy, lunes once (11) de agosto del año dos mil veinticinco (2025); siendo las once y treinta de la mañana (11:30 am), día y hora fijado por este Tribunal, para que tenga lugar la celebración de la AUDIENCIA TELEMÀTICA, en atención a lo dispuesto en los Artículos 2, 26, 49, 110, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 1, 2, 4 y 9 del Decreto con Fuerza de Ley, Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, en el juicio de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, intentado por el ciudadano JOSÉ BENARDINO MENDEZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-4.485.623, por ante el Tribunal Móvil de la Parroquia La Mesa, Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, debidamente asistido por la abogada MARÍA PAOLA DUGARTE PARRA, titular de la cédula de Identidad Nº V-19.997.796 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 232.091, en su condición de Defensora Auxiliar Primera, con competencia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Unidad de la Defensa Pública del estado Bolivariano de Mérida, según resolución Nº DNRH-DAP-2024-0934, de fecha 04 de junio de 2024 y jurídicamente hábil; en contra de la ciudadana NELLY FIDELINA BELANDRIA DE MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-4.702.215, que se sustancia en el expediente signado con el N° 3501. Seguidamente, el Tribunal a través del número 0424-7258146, procedió a realizar la llamada al número 0414-5188203 aportado por la parte demandante, como número telefónico de la demandada, ciudadana NELLY FIDELINA BELANDRIA DE MENDEZ, plenamente identificada en autos. Acto seguido, al número telefónico que se realizó la llamada contestó una persona que se identificó ante el Juez, la Secretaria y el Alguacil del Tribunal como, NELLY FIDELINA BELANDRIA DE MENDEZ, titular de la cédula de identidad N° V.- 4.702.215, y una vez impuesta del motivo de la llamada, respecto a la Demanda de Divorcio por Desafecto e Incompatibilidad de Caracteres que cursa por ante este Tribunal, el ciudadano Juez procedió a preguntar, si estaba conteste con el Divorcio que incoara el ciudadano JOSÉ BENARDINO MENDEZ RIVAS y en voz clara señaló: “Expongo mi cédula de identidad ante la cámara del celular, para que sea verificada por el ciudadano Juez, y manifiesto que estoy conteste y me doy por citada del Divorcio incoado en mi contra, es todo”. Acto seguido, la suscrita Secretaria, certifica la identidad de la ciudadana NELLY FIDELINA BELANDRIA DE MENDEZ, verificándose que su número de cédula es V.- 4.702.215. En este estado, el Juez ordena la impresión de la presente acta para que se consigne en el expediente y siendo las once y cincuenta de la mañana (11:50 am) aproximadamente, el Juez da por terminada la presente Audiencia Telemática. Es todo, terminó se leyó y estando conformes firman, el Tribunal debidamente constituido.
EL JUEZ PROVISORIO


ABG. YORGI ALFONSO OVIEDO SOTO



PARTE DEMANDANTE ABOGADA ASISTENTE

JOSÉ BENARDINO MENDEZ RIVAS DE LA PARTE DEMANDANTE



EL ALGUACIL LA SECRETARIA,

LIC. JAVIER ALEXANDER LEON ABG. ANGIE YULEXCI OVALLES EXP. 3501