REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA.
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Ejido, ocho (8) de agosto del año dos mil veinticinco (2025). -
215º y 166º
Vista la diligencia de fecha cuatro (04) de agosto del año en curso (f. 51), suscrita por el ciudadano VLADIMIR ELADIO GONZALEZ ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad V.-12.779.102, parte actora, asistido por el abogado en ejercicio, RICARDO PAOLINI PULIDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 65.903, mediante la cual, solicita formalmente la publicación del cartel de remate, tal como está determinado en el artículo 564 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal, visto lo peticionado y de la revisión de las actuaciones en la presente causa, seguida por el ciudadano VLADIMIR ELADIO GONZALEZ ENRIQUE, ya identificado, contra todas las personas que se crean con derecho sobre el bien mueble, VEHÍCULO, Marca: Toyota; Modelo: STARLET TX; Placa LAD-24N, el cual, según oficio emitido por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, aparece registrado a nombre del ciudadano OSCAR QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nº V-20.396.024, objeto de la demanda por Cobro de Tasas y Emolumentos y cumplido todos los trámites procesales, respecto a la publicación del cartel de Notificación por ante un diario digital de la localidad, tal como consta a los folios (47 al 49), debe procederse conforme a lo peticionado por la parte actora. En consecuencia, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 564 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la publicación del Cartel Único de Remate, sobre el bien antes identificado, hasta por un monto de DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON 35 CENTAVOS (2949.35 EUROS) O SU EQUIVALENTE EN BOLIVARES CALCULADOS A LA TASA DEL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA, remate se llevara a cabo, al tercer (3er) día hábil de despacho, una vez que conste en auto el agregue del mismo, en la sede de este Tribunal, ubicado en el Centro Comercial Centenario, Ala Norte, Local 55, Parroquia Ignacio Fernández Peña, Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, a las dos (2:00 pm) de la tarde, con la advertencia que no se oirán posturas que bajen del monto peticionado, para mayor información puede acudir a la secretaria de este Tribunal, dentro de las horas de despacho comprendidas entre las 08:30 am de la mañana y 03:30 pm de la tarde, con motivo de la demanda de Cobro de Tasas y Emolumentos. CUMPLASE. -
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. YORGI ALFONSO OVIEDO SOTO
LA SECRETARIA,
ABG. ANGIE YULEXCI OVALLES
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior, para su publicación en prensa. -
OVALLES SRIA.
YAOS/yo.-
EXPEDIENTE N° 3.512.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. - Ejido, ocho (08) de agosto de dos mil veinticinco (2025).
215º y 166º
UNICO CARTEL DE REMATE
Que en el juicio Nro. 3512. DEMANDANTE: VLADIMIR ELADIO GONZALEZ ENRIQUE. DEMANDADO: Todas las personas que se crean con derecho sobre el bien mueble, VEHÍCULO, Marca: Toyota; Modelo: STARLET TX; Placa LAD-24N, el cual, según oficio emitido por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, aparece registrado a nombre del ciudadano OSCAR QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nº V-20.396.024. MOTIVO: COBRO DE TASAS Y EMOLUMENTOS. FECHA DE ENTRADA: 27-06-2025. Este Tribunal por auto de esta misma fecha, acordó librar el UNICO CARTEL DE REMATE, sobre el bien mueble VEHÍCULO, Marca: Toyota; Modelo: STARLET TX; Placa LAD-24N, el cual, según oficio emitido por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, aparece registrado a nombre del ciudadano OSCAR QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nº V-20.396.024, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 564 del Código de Procedimiento Civil, hasta por un monto de DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON 35 CENTAVOS (2949.35 EUROS) O SU EQUIVALENTE EN BOLIVARES CALCULADOS A LA TASA DEL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA, remate que se llevara a cabo, al tercer (3er) día hábil de despacho, una vez que conste en auto el agregue del mismo, en la sede de este Tribunal, ubicado en el Centro Comercial Centenario, Ala Norte, Local 55, Parroquia Ignacio Fernández Peña, Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, a las dos (2:00 pm) de la tarde, con la advertencia que no se oirán posturas que bajen del monto peticionado, para mayor información puede acudir a la secretaria de este Tribunal, dentro de las horas de despacho comprendidas entre las 08:30 am de la mañana y 03:30 pm de la tarde, con motivo de la demanda de Cobro de Tasas y Emolumentos. El presente cartel deberá ser publicado en un Diario de amplia circulación sea regional o nacional y deberá tener unas dimensiones que permitan su fácil lectura, bajo apercibimiento de que, si no lo fuera, el Tribunal no lo dará por legalmente publicado. Expediente Civil signado bajo el Nº 3512.-
ABG. YORGI ALFONSO OVIEDO SOTO
JUEZ PROVISORIO
YAOS/yo.-
EXPEDIENTE N° 3.512.-