TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CÉSAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.
214º Y 166º
SOLICITUD N° 078-2025
SOLICITANTE: JOSÉ OMAR PULIDO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N.° V 15.142.696, domiciliado en el Sector Quebrada Amarilla, vía que conduce a la Población de Torondoy, Municipio Justo Briceño del Estado Bolivariano de Mérida, asistido en este acto por la Abogada en ejercicio, SUGEY ANNERIS CONTRERAS PIANETA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N° V-14.656.179, en el ejercicio de su profesión, inscrita en el Inpreabogado Nro. 256.516, con domicilio procesal en el Edificio Lucia, planta baja, oficina 01, Nueva Bolivia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, teléfono 0424-4246827, correo: consugey@gmail.com….............................................................................................
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO DE MEJORAS
CAPÍTULO I
DE LA NARRATIVA
Vista la solicitud presentada por el ciudadano JOSÉ OMAR PULIDO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N.° V 15.142.696, domiciliado en el Sector Quebrada Amarilla, vía que conduce a la Población de Torondoy, Municipio Justo Briceño del Estado Bolivariano de Mérida, asistido en este acto por la Abogada en ejercicio, SUGEY ANNERIS CONTRERAS PIANETA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N° V-14.656.179, en el ejercicio de su profesión, inscrita en el Inpreabogado Nro. 256.516, con domicilio procesal en el Edificio Lucia, planta baja, oficina 01, Nueva Bolivia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, teléfono 0424-4246827, correo: consugey@gmail.com………………………………………..
Correspondiéndole conocer a este Tribunal previo distribución de fecha 22 de Julio de 2025, mediante la cual solicita se le declare TÍTULO SUPLETORIO DE MEJORAS Y BIENHECHURIAS, ubicadas en la vía que conduce hacia Torondoy, Sector Quebrada Amarilla- Los sauces, Municipio Justo Briceño del Estado Bolivariano de Mérida, radicadas sobre un terreno baldío y el cual le pertenece por venirlo poseyendo por más de Diez (10) años, con una posesión pacifica, ininterrumpida y notoria. Dicho terreno cuenta con un área de CUATROCIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS CON NUEVE CENTÍMETROS (414.09MTS2) y un área de construcción de SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (77,00MTS2), dentro de los siguientes linderos y medidas: FRENTE: con vía principal hacia Torondoy. COSTADO IZQUIERDO: Colindando con propiedad que es o fue de Pedro Rangel. COSTADO DERECHO: Colindando con propiedad que es o fue de José Flores. COSTADOS POSTERIORES: Colindando con propiedad que es o fue de José Flores, según Plano de Mensura levantado por El Arquitecto Rigoberto Arias, CIV:129.192 y constancia de Zonificación otorgado por la oficina de Ingeniería Municipal de la Alcaldía del Municipio Justo Briceño del Estado Bolivariano de Mérida. El inmueble en cuestión tiene las siguientes características: Es una casa para habitación familiar construidas con paredes de bloque frisado, techo de zinc y pisos de cemento pulido, constante de Tres (3) habitaciones, Dos (2) baños, sala, cocina, cuenta con servicios de agua y electricidad, en los cuales manifiesta que invirtió la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.300.000,00) en materiales de construcción y mano de obra.……………………………………………. ………………
En fecha Veintitrés (23) de Julio de 2025, se admitió la presente solicitud y se acordó fijar para el Tercer día de despacho para oír la declaración testifical a los testigos que presente la parte solicitante, a partir de las 10:00 a.m. (Folio 08)…..…
En fecha Veintinueve (29) de Julio de 2025, fueron presentados y rindieron declaraciones los testigos que presento la parte interesada, una vez examinados los recaudos presentados y oídas las declaraciones de los testigos Ciudadanos YURASKA WUENSELIS BAPTISTA VARGAS Y FERNANDO DE JESUS MACHADO BALZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V 23.477.911 y V 20.048.672, respectivamente domiciliados en la Jurisdicción del Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, las cuales son valoradas por este Tribunal como plena prueba por ser contestes en sus afirmaciones, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante, así como copia de la cedula de identidad del Ciudadano: JOSÉ OMAR PULIDO, (folio 02), original de la constancia de Zonificación otorgada en fecha 10 de Julio de 2025 por el ING. NELSON UZCATEGUI, Director de Ingeniería Municipal de la Alcaldía del Municipio Justo Briceño, Torondoy Estado Mérida
(Folio 04), Original de Plano de Mensura otorgado por el Ciudadano ARQ. RIGOBERTO ARIAS, inscrito en el CIV. Nº 129.192 (Folio 05), Original de la Autorización para tramitar Titulo Supletorio en el mes de Junio del 2.025 otorgado por la Dirección de Sindicatura del Municipio Justo Briceño, Torondoy Estado Mérida, Suscrita por la Abogada Aracelis de Parra (folio 06) ………………..
Por tal razón este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE MEJORAS, a favor del ciudadano: JOSE OMAR PULIDO, ya antes identificado, y se ordena la entrega de las actuaciones originales realizadas en este Tribunal en la presente solicitud N° 078-2025 a la parte solicitante, por tratarse como ya ha quedado previamente determinado de ser una solicitud no contenciosa, dejándose COPIA CERTIFICADA LEGIBLE para lo cual se autoriza al Alguacil Titular, para su archivo en este Tribunal. ASÍ SE DECIDE……………………………………………….
PUBLÍQUESE, CÓPIESE Y REGÍSTRESE.
DADO FIRMADO Y SELLADO EN LA SALA DE DESPACHO TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES CORDERO Y JULIO CÉSAR SALAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Al Primer (01) día del mes de Agosto del año Dos Mil Veinticinco (2025). Años: 214º de la Independencia y 166º de la Federación…………………………………….
ABG.NELSON E. MORENO A.
JUEZ PROVISORIO
ABG.ANYELA M. VALERO S.
SECRETARIA TITULAR
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia previa el pregón de ley, siendo Las Diez de la mañana.
CONSTE;
LA SRIA T.
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