REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, veintidós de enero del año dos mil veinticinco (2025).
214º y 165º
Vista la anterior demanda de PARTICIÓN DE BIENES HEREDITARIOS, intentada por los ciudadanos: ROVIRO GUERRERO RANGEL, FLORINDA GUERRERO DE PUENTES, YULIVER DEL CARMEN FERMIN GUERRERO, YULEIMA JOSEFINA NAVA GUERRERO y DIANA CAROLINA NAVA GUERRERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.015.834, V-5.526.709, V-13.559.485, V-20.848.429 y V-19.996.529, respectivamente, con domicilio procesal establecido en la Avenida 4 Bolívar, entre Calles 24 y 25,, Edificio Oficentro, Piso 5º, Oficina Nº 52, en la ciudad de Mérida, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio LEONEL JOSE ALTUVE LOBO, titular de la cédula de identidad N°. V-8.036.315, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 48.262, jurídicamente hábil, el Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria a la Ley, a las buenas costumbres y al orden público. En consecuencia, se ordena emplazar a los ciudadanos: ALEJANDRO GUERRERO RANGEL, YLDA GUERRERO DE PUENTE, YRMA GUERRERO RANGEL, SINFORIANO GUERRERO RANGEL, MARTA ZAIDA GUERRERO ARAQUE y RAMON ALI GUERRERO RANGEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad NrosV-8.003.751, V-5.205.713, V-8.023.827, V-9.394.598, V-9.398.850 y V-11.221.950, respectivamentede este domicilio, para que comparezcan por ante el Despacho de este Juzgado dentro de los VEINTE DIAS HABILES DE DESPACHO SIGUIENTES a aquel en que conste en autos las resultas de la ultima citación ordenada, en cualesquiera de las horas hábiles de Despacho señaladas en la tablilla de este Juzgado, vale decir, de 8:30 a.m. a 03:30 p.m., y denCONTESTACIÓN A LA DEMANDA, de conformidad con el Artículo 778 del Código de Procedimiento Civil Vigente. Líbrense Recibos de Citación anexándole a los mismos copias certificadas del Libelo de demanda y del auto de admisión, con su orden de comparecencia al pié y entréguense al Alguacil de este Despacho, a quien se comisiona amplia y suficientemente para que haga efectiva lascitaciones personales de la parte demandada de autos.
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. CARLOS ARTURO CALDERÓN GONZÁLEZ.
LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. GIANNA A. PIVA CARDENAS.
No se libraron los recaudos de citación, por falta de fotostátos. Se insta a la parte solicitante a consignar los emolumentos ante el Alguacil de este Tribunal y una vez obtenidas las copias consignarlas mediante diligencia, a los fines de librar los recaudos de citación ordenados. Consta en Mérida a los veintidós días del mes de enero del año dos mil veintidós (2025).

LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. GIANNA A. PIVA CARDENAS.

CACG/GAPC/cagf.-