REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN EL VIGIA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En su nombre

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO

JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA

El Vigía, 20 de enero del 2025
214°, 165° y 23°

ASUNTO PRINCIPAL: LP11-P-2023-000145


IMPOSICION DE ORDEN DE APREHENSION


Celebrada la Audiencia de Imposición de Orden de Aprehensión en la causa que se sigue en contra del imputado BRIAN ALEXANDER TESTA CARRERO, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en los artículo 56, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. ROBO LEVE O ARREBATON previsto y sancionado en el articulo 456 en su segundo aparte ambos en perjuicio de la ciudadana Beatriz López y el delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en los artículo 56, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violenciaen perjuicio de la ciudadana VeronicaYuncosa López Corresponde a este Juzgado, fundamentar la decisión proferida en la audiencia oral de imposición de orden de aprehensión realizada en esta misma fecha, en consecuencia este Tribunal de Primera Instancia Estadal en Función de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en los siguientes términos:


I
IDENTIFICACION DEL IMPUTADO

BRIAN ALEXANDER TESTA CARRERO, venezolano, titular de la cédula de identidad V-26.885.613, natural de Punto Fijo, estado Falcón, nacido en fecha 22-11-1998, 24 años, soltero, chofer, bachiller, hijo de Zenaida Carrero (v) y Alexander Testa (f), residenciado en el Sector El Ancianato, calle principal, casa sin número, paredes de color rosadas, puertas y ventanas de color negro, Parroquia Monseñor Pulido Méndez, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, no posee teléfono

II

DE LA AUDIENCIA ORAL REALIZADA

SOLICITUDES DE LA REPRESENTACIÓN FISCAL ABG. MIFELIA MOLINA: "Ciudadana Juez, solicito que se imponga de la Orden de Aprehensión al ciudadano BRIAN ALEXANDER TESTA CARRERO, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en los artículo 56, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. ROBO LEVE O ARREBATON previsto y sancionado en el articulo 456 en su segundo aparte ambos en perjuicio de la ciudadana Beatriz López y el delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en los artículos 56, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violenciaen perjuicio de la ciudadana VeronicaYuncosa López. Solicito se mantenga la privativa de libertad, se fije la Audiencia preliminar y se notifique a la víctima así mismo se deje sin efecto la orden de aprehensión. Es todo.

DECLARACIÓN DEL PROCESADO: Una vez impuesta de sus derechos constitucionales y procesales el imputado se identificó como BRIAN ALEXANDER TESTA CARRERO ya identificado, quien expuso: " ciudadana Jueza yo quiero que me de otra oportunidad y me fije la audiencia”. Es todo.”

SOLICITUDES DE LA DEFENSA PÚBLICA ABG.PAOLA RUIZ, quien expuso: “Ciudadana Jueza en nombre de mi representado solicite se fije audiencia preliminar a fin de resolver la situación jurídica de mi defendido y se deje sin efecto la orden de aprehensión.” Es todo.

II


DE LA MOTIVACIÓN DE LOS PRONUNCIAMIENTOS REALIZADOS

De la Medida de Coerción Personal: En cuanto a la Medida, SE ACUERDA MANTENER LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD por cuanto el mismo ha incumplido con las medidas de presentaciones y así poder este tribunal resolver su situación Jurídica fijándose audiencia preliminar para el día 03-02-2025 hora 09:30 horas de la mañana, notifíquese a la victima de la presente decisión y de la audiencia preliminar

IV
DISPOSITIVA

Por lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se Impone de la Orden de Aprehensión librada en su contra en fecha 03-10-2024. al imputado BRIAN ALEXANDER TESTA CARRERO, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en los artículo 56, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. ROBO LEVE O ARREBATON previsto y sancionado en el articulo 456 en su segundo aparte ambos en perjuicio de la ciudadana Beatriz López y el delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en los artículo 56, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violenciaen perjuicio de la ciudadana VeronicaYuncosa López SEGUNDO:En cuanto a la Medida, SE ACUERDA MANTENER LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD por cuanto el mismo ha incumplido con las medidas de presentaciones y asi poder este tribunal resolver su situación Jurídica, en tal sentido se ordena librar la respectiva Boleta de privativa dirigida al órgano aprehensor así mismo se ordena dejar sin efecto la Orden de Aprehensión que pesa sobre dicho ciudadano en consecuencia líbrese oficio JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACION POLICIAL (SIPOL), ADSCRITO AL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS DELEGACION MERIDA. TERCERO: En tal sentido se ordena: fijándose audiencia preliminar para el día 03-02-2025 hora 09:30 horas de la mañana, notifíquese a la víctima de la presente decisión y de la audiencia preliminar.se ordena: librar boleta de traslado del imputado para la audiencia. Cúmplase.

Cúmplase.


JUEZA TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL
ABG. YULY COROMOTO DURAN GUTIERREZ
SECRETARIA
ABG. YRLEN HERNÁNDEZ
En fecha _____________, se cumplió con lo arriba ordenado, según _____ La secretaria Judicial