REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, SANTA CRUZ DE MORA, TRECE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTICINCO (13-02-2025)
214° y 165°
Visto el escrito de Solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, recibido en fecha 07-02-2025, presentado por el ciudadano: ENRRIQUE MARÍA RAMÍREZ CARRERO, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 8.081.678, asistido por el Abogado ROMEL JESÚS VILLASMIL ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad N° V-8.708.254, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 190.402, jurídicamente hábil, donde solicitó que se le declare como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS al solicitante, ciudadano ENRRIQUE MARÍA RAMÍREZ CARRERO y a sus hermanos de nombres: JOSÉ HUMBERTO RAMÍREZ CARRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.083.413, NESTOR ELEUTERIO RAMÍREZ CARRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.087.834 y JESÚS HERNÁN RAMÍREZ CARRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.087.136 de la causante MARÍA HERMENEGILDA CARRERO DE RAMÍREZ, quien era venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-9.083.419, quien falleció el día 12 de enero de 2021, tal como se evidencia en el Acta de Defunción Nº 05 de fecha 12-01-2021 expedida por el Registro Civil de la Parroquia Santa Cruz de Mora, Municipio Antonio Pinto Salinas, del estado Bolivariano de Mérida. Désele entrada, fórmese expediente y háganse las anotaciones de Ley. En consecuencia este Tribunal ADMITE en cuanto ha lugar en derecho por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia este Juzgado fija el TERCER DÍA DE DESPACHO siguiente al de hoy, a fin de oír declaración de los testigos sobre los particulares señalados en el escrito de Solicitud, a partir de las once de la mañana (11:00 am). La Parte Promovente quedará encargada de presentar a los testigos en la oportunidad Legal.
JUEZA PROVISORA
ABG. JOSLEDY ALICIA UZCATEGUI UZCATEGUI
SECRETARIA TITULAR
ABG. MARÍA YULEIDY PINO MÁRQUEZ
En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 04-2025 del Libro de Solicitudes llevado por este Juzgado.-
SECRETARIA TITULAR
ABG. MARÍA YULEIDY PINO MÁRQUEZ
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