REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA.

En horas de despacho del día de hoy, miércoles doce (12) de Febrero del año dos mil veinticinco (2025); siendo las diez de la mañana (10:00 am), día fijado por el Tribunal, mediante auto de fecha siete (07) de febrero de 2024, inserto al folio veinticuatro (24) del expediente Nº 3474, para que tenga lugar la celebración de la AUDIENCIA TELEMÀTICA, en atención a lo dispuesto en los Artículos 2, 26, 49, 110, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 1, 2, 4 y 9 del Decreto con Fuerza de Ley, Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, en el juicio de DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, intentada por la ciudadana BEATRIZ ELENA PINTO CORDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-8.229.894, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio JOSE GREGORIO ROJAS ARANGUREN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-15.921.426, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 112.624, y jurídicamente hábil; en contra del ciudadano ENRIQUE ANTONIO ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-4.094.198, que se sustancia en el expediente signado con el N° 3474. Seguidamente, el Tribunal a través del número 0424-7258146, procedió a realizar la llamada al número 0416-1193660 aportado por la parte demandante, como número telefónico del demandado, ciudadano ENRIQUE ANTONIO ROSALES, plenamente identificado en autos. Acto seguido, al número telefónico que se realizó la llamada contestó una persona que se identificó ante el Juez, la Secretaria y el Alguacil del Tribunal como ENRIQUE ANTONIO ROSALES, titular de la cédula de Identidad N° V.-4.094.198, y una vez impuesto del motivo de la llamada respecto a la Demanda de Divorcio por Desafecto e Incompatibilidad de Caracteres, que cursa por ante este Tribunal, el ciudadano Juez, procedió a solicitar que colocara a la vista de la cámara su cedula de identidad y preguntó si estaba conteste con el Divorcio que por Desafecto incoara la ciudadana BEATRIZ ELENA PINTO CORDERO y en voz clara señaló: “Expongo mi cédula de identidad ante la cámara del celular, para que sea verificada por el ciudadano Juez, manifiesto que estoy conteste y me doy por citado del Divorcio incoado en mi contra, es todo”. Acto seguido, la suscrita Secretaria, certifica la identidad del ciudadano ENRIQUE ANTONIO ROSALES, verificándose que su número de cédula es V.- 4.094.198. En este estado, siendo las once de la mañana (11:00 am) aproximadamente, el Juez da por terminada la presente Audiencia Telemática ordenando la impresión de la presente acta para que se consigne en el expediente. Es todo, terminó se leyó y estando conformes firman, el Tribunal debidamente constituido.
EL JUEZ PROVISORIO


ABG. YORGI ALFONSO OVIEDO SOTO



APODERADO JUDICIAL DE LA
CÓNYUGE DEMANDANTE



EL ALGUACIL LA SECRETARIA,

ABG. ANGIE YULEXCI OVALLES
LIC. JAVIER ALEXANDER LEON Q
Exp. 3474