REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, primero de julio del año dos mil veinticinco.
215° y 166°
Vista las pruebas promovidas por el abogado LUIS FRANCISCO VILLAMIZAR MOLINA, inscrito en el Inpreabogado Nº 77.210, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana HENEDINA QUINTERO ARIAS, plenamente identificada en autos del expediente, parte co-demandada en la presente causa, mediante escrito de fecha nueve (09) de junio del año 2025, obrante alos foliosdel 77 al 85 del presente expediente. En cuanto a las PRUEBA DOCUMENTALES: de los particulares PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO, CUARTO, QUINTO, SEXTO, SEXTO (Sic.), SEPTIMO, OCTAVO y NOVENO se ADMITEN las mismas cuanto ha lugar en derecho, por considerarlas que son legales y pertinentes, salvo su apreciación en la sentencia correspondiente.En cuanto a las PRUEBAS TESTIMONIALES:se ADMITEN las mismas cuanto ha lugar en derecho, por considerarlas que son manifiestamente legales, en consecuencia, procédase a su evacuación, y se fija el TERCER DÍA HÁBIL DE DESPACHO SIGUIENTE al de hoy, para que sean presentados por la parte promovente los testigos, ciudadanos: 1) ELICIOLVY CARELINA TREJO CONTRERASy 2) JUAN JOSE ORTEGA GUERRERO, domiciliados en el Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida; a las NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 a.m.); y DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 a.m.), en su orden; para que se sometan al interrogatorio que en su oportunidad presente la parte interesada..
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG. CARLOS ARTURO CALDERÓN GONZÁLEZ.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. JENNY L. PEREZ ROSALES.
CACG/JLPR/cagf.-