REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, 01 de julio del 2025.
215º y 166º
Vista las pruebas promovidas en la presente causa, por la abogada en ejercicio ANALI SOLEDAD SILVA GAMARRA, en su carácter de apoderada Judicial de la parte demandante en el presente juicio, mediante escrito de fecha 02 de Junio de 2025, obrante a los folios 49 y 50 con su respectivo vuelto del expediente. En cuanto a las pruebas, Documentales: De los documentos públicos 1., 2., De los documentos administrativos 2., 3., 4., 4. Documentos privados 5.Se ADMITEN las mismas cuanto ha lugar en derecho, por considerarlas que son legales y pertinentes, salvo su apreciación en la definitiva.En cuanto a las pruebasPrueba De Exhibición De DocumentoseADMITE y se fija para el SEXTO DIA HABIL DE DESPACHO SIGUIENTE al de hoy, a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.), a los fines de que tenga lugar el Acto de Exhibición del documento de contrato de opción a compra privado en la presente causa; En cuanto a las Prueba Testimonialse ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho, por considerarla que es manifiestamente legal, en consecuencia, procédase a su evacuación y se fija el TERCER DÍA HÁBIL DE DESPACHO SIGUIENTE al de hoy, para que sean presentadas por la parte promovente los testigos; 1. Omar Gabriel Barrios Moreno, 2. Paul Andrés Uzcategui Rojas 3. Thamara Olimpia Montoya Vivas venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-22.656.158, V-20.850.018 y V-12.346.423respectivamente, hábiles, a las NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 A.M.); DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 A.M.) y ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11:30 A.M.) en su orden para que se sometan al interrogatorio que en su oportunidad presente la parte interesada. En cuanto a la Prueba De Inspección Judicial; seADMITE yse fija el SEPTIMO DIA HABIL DE DESPACHO SIGUIENTE al de hoy, a fin de que este Tribunal se traslade y constituya en la siguiente dirección: a la vivienda Nº 36-B ubicada en Sector Aguas Calientes- San Miguel, Loma B parroquia Matriz del Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida y deje constancia de los particulares que tenga a bien hacer la parte promovente, a tal efecto se habilita el Tribunal por todo el tiempo que sea necesario, a partir de las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.);
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG. CARLOS ARTURO CALDERÓN GONZÁLEZ.
LASECRETARIA TEMPORAL,
ABG. JENNY L. PEREZ ROSALES.
CACG/JLPR/gvpf.-