REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, cuatro (04) de julio de dos mil veinticinco (2025).

215º y 166º

Vistas las pruebas promovidas en la presente causa, por los abogados en ejercicio LEONEL EDUARDO ALTUVE PACHECO y LEONEL JOSÉ ALTUVE LOBO, en su carácter de apoderados Judiciales de la parte actora en el presente juicio, mediante escrito de fecha 26 de junio de 2025, obrante a los folios 38 al 76 del expediente. En cuanto a la prueba “PRIMERO Y SEGUNDO”DOCUMENTALES, se ADMITEN las mismas cuanto ha lugar en derecho, por considerarlas que son legales y pertinentes, salvo su apreciación en la sentencia correspondiente.En cuanto a las pruebas de los particulares TERCERO y CUARTO: INFORMES, se ADMITEN las mismas cuanto ha lugar en derecho, por considerarlas que son legales y pertinentes, en consecuencia, procédase a su evacuación y se acuerda oficiar a la UNIDAD DE PERMISOLOGÍA E INSPECCIÓN de la Dirección de Ordenación Territorial Y Urbana de la Alcaldía del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida; y a la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, todoen los términos aludidos por la parte promovente en su escrito de pruebas. En cuanto a la prueba del particular QUINTO: INSPECCIÓN JUDICIAL; se ADMITEy se fija el NOVENODIA HABIL DE DESPACHO SIGUIENTE, a fin de que este Tribunal se traslade y constituya en la siguiente dirección: Sede del Registro Público Municipal del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida y deje constancia de los particulares que tenga a bien hacer la parte promovente, a tal efecto se habilita el Tribunal por todo el tiempo que sea necesario, a partir de las DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 A.M.).En cuanto a la prueba del particular SEXTO: de INSPECCIÓN JUDICIAL; se ADMITEy se fija el DÈCIMO DIA HABIL DE DESPACHO SIGUIENTE a fin de que este Tribunal se traslade y constituya en la siguiente dirección: Urbanización Las Marías, edificios o torres en construcción denominados H1 y H2, sobre las parcelas Nº 6 y Nº 7, apartamento Nº 3-15, ubicado en el tercer piso del edificio H1, jurisdicción de la parroquia Antonio Spintetti Dini, municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida y deje constancia de los particulares que tenga a bien hacer la parte promovente, a tal efecto se habilita el Tribunal por todo el tiempo que sea necesario, a partir de las DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 A.M.). En cuanto a la prueba SÉPTIMO DECLARACIÓN TESTIFICAL se ADMITE la misma cuanto ha lugar en derecho, por considerarla que es manifiestamente legal, en consecuencia, procédase a su evacuación y se fija el OCTAVODÍA HÁBIL DE DESPACHO SIGUIENTE para que sean presentados por la parte promovente los testigos; TULIO MIGUEL GUDIÑO BRICEÑO, JORGE EDUARDO NOGUERA RODRIGUEZ y ALVARO CAMILO LANDAZABAL venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-17.036.340, V-12.673.976 y V-13.013.751 respectivamente, hábiles, a las NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 A.M.); DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 A.M.) y ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11:30 A.M.) en su orden para que se sometan al interrogatorio que en su oportunidad presente la parte interesada.En cuanto a la prueba del particular OCTAVO: PRUEBA DE EXHIBICIÓN DE RECIBOS DE PAGO, SE ADMITE, en consecuencia,se fija el DÉCIMO PRIMER DIA HABIL DE DESPACHO SIGUIENTE a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 a.m.), a los fines de que tenga lugar el Acto de Exhibición los Recibo de Pago en la presente causa. En cuanto al particular NOVENO: PRUEBA DE EXHIBICIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN A COMPRA VENTA, SE ADMITE la misma, en consecuencia,se fija el DÉCIMO PRIMER DIA HABIL DE DESPACHO SIGUIENTE a los fines de que tenga lugar el Acto de Exhibición de Contrato de Opción a Compra Venta en la presente causaa las DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 a.m.). Así se establece.
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. CARLOS ARTURO CALDERÓN GONZÁLEZ.
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. JENNY L. PÉREZ ROSALES.
En la misma fecha se ofició: a la UNIDAD DE PERMISOLOGÍA E INSPECCIÓN de la Dirección de Ordenación Territorial y Urbana de la Alcaldía del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida; y a la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, bajo los Nros245-2025 y 246-2025. Conste,

LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. JENNY L. PÉREZ ROSALES.
CACG/JLPR/rvdr.