REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA.

En horas de despacho del día de hoy, martes, quince (15) de Julio del año dos mil veinticinco (2025); siendo las diez de la mañana (10:00 am), día fijado por este Tribunal para que tenga lugar la celebración de la presente AUDIENCIA TELEMÁTICA, en atención a lo dispuesto en los Artículos 26, 49, 110, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 1, 2, 4 y 9 del Decreto Con Fuerza de Ley, Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, en el presente juicio por DIVORCIO POR DESAFECTO E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTRES, ha intentado el ciudadano JOSE ENULFO RANGEL OMAÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-10.717.239; en contra de la ciudadana IRIS COROMOTO ANGULO PUENTES, venezolana, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 11.468.913, teléfono: +573128636344, que se sustancia en el expediente signado con el N° 3493. Seguidamente, el Tribunal a través del número 0424-7258146, procedió a realizar la Audiencia Telemática a través de una video llamada al número +573128636344, aportado por la parte Demandante ciudadano JOSE ENULFO RANGEL OMAÑA, plenamente identificado, como número telefónico de la demandada ciudadana IRIS COROMOTO ANGULO PUENTES, plenamente identificada en autos. Acto seguido al número telefónico que se realizó la llamada contestó una persona que se identificó ante el Juez, la Secretaria y el Alguacil del Tribunal y señaló “soy IRIS COROMOTO ANGULO PUENTES, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.468.913, y este es mi número telefónico +573128636344, el Juez procedió a solicitar a la ciudadana IRIS COROMOTO ANGULO PUENTES, plenamente identificado en autos, que expusiera su cédula de identidad ante la cámara del celular e igualmente le pregunto si estaba conteste con el Divorcio que por Desafecto incoara el ciudadano JOSE ENULFO RANGEL OMAÑA, y en voz clara señaló: “expongo mi cédula de identidad ante la cámara del celular, para que sea verificada por el ciudadano Juez, y estoy conteste del Divorcio incoado en mi contra y me doy por citado ya que me quiero divorciar, es todo”. Acto seguido la suscrita Secretaria Certifica la identidad de la ciudadana IRIS COROMOTO ANGULO PUENTES, verificándose que su número de cedula es el siguiente N° V-11.468.913. En este estado el Juez ordena la impresión de la presente Acta para que se consigne en el expediente y siendo las diez y veinticinco de la mañana (10:25 am) aproximadamente, el Juez declara por terminada la presente Audiencia Telemática. Es todo, terminó se leyó y estando conformes firman el Tribunal debidamente constituido.--

EL JUEZ PROVISORIO


ABG. YORGI ALFONSO OVIEDO SOTO

DEMANDANTE ABOGADO ASISTENTE

LA SECRETARIA,
EL ALGUACIL
ABG. ANGIE YULEXCI OVALLES
LIC. JAVIER ALEXANDER LEON QUINTERO.
Exp. 3493